A lo largo de un litigio pueden producirse situaciones diversas. Una de éstas se presenta cuando nuestro cliente es una entidad de acreditada solvencia y es condenado a costas junto a sus litisconsortes, resultando éstos insolventes. Nos encontramos, en el supuesto de hecho planteado, ante una obligación plural -surgida de la condena a costas-, en la que la posición del deudor (reus debendi) está constituida por varias personas que, presumiblemente, participan en un interés común, si bien sólo una de ellas tiene la suficiente capacidad económica para hacer frente a su pago.