El turbulento negocio de las prisiones privadas

Por Antoni Mansilla
Barcelona
Traducción por Irene Belanche
 
 

El término prisión privada nos puede parecer, de entrada, un oxímoron: ¿no son los centros penitenciarios una parte del sistema punitivo del Estado? Por lo tanto, ¿no deben estar gestionados por la Administración? Pues bien, esta cuestión, que puede parecer muy obvia, se está empezando a poner en duda en muchos países occidentales, entre los que se encuentran el Estado español.

 negocio de las prisiones privadas

Sin embargo, la privatización de las prisiones se originó en los EE UU en los años 80. Alegando el brutal aumento de la población penitenciaria (se llegó a la tasa de 6 presos por cada 1.000 habitantes) se decidió encomendar la gestión de algunos centros penitenciarios a empresas privadas, con el argumento de que serían más eficientes.

Ahora bien, ¿son realmente eficientes las prisiones privadas? Estudios recientes demuestran que la gestión privada de las prisiones no supone un ahorro público. Los datos publicados en EE UU por la entidad ITPI demuestran que, en Arizona, por ejemplo, las prisiones privadas le acaban costando 33 céntimos más al día al contribuyente que las públicas. Sin embargo, las empresas que gestionan estas oprivadas intentan, como cualquier iniciativa privada, reducir sus costes. Esto, en el ámbito de las prisiones, se traduce en aumentar el número de presos por celda para amortizar el coste, o en la reducción de servicios para los internos como la atención médica o los programas educativos. También se ha demostrado que las prisiones gestionadas por empresas privadas tienden a imponer más sanciones de aislamiento, conceder menos permisos de salida y menos libertades condicionales: todo vale con el fin de aumentar la ocupación de las celdas, y, por lo tanto, sus beneficios.

Además, a la empresa privada que gestiona una prisión le interesa tener el máximo de presos posible para aumentar sus ganancias. Esto, en EE UU, se ha traducido en una cuota mínima de presos acordada con el Gobierno estatal: el Estado se ve obligado a garantizar un número mínimo de prisioneros, independientemente de que se cometan más o menos delitos. Para conseguir sus objetivos, las empresas que gestionan las prisiones forman lobbies de presión para persuadir al Gobierno para que endurezca las leyes con el objetivo de que aumente la población reclusa, y, con ella, los beneficios de estas empresas.

Sin embargo, el punto más controvertido de la privatización de las prisiones son las vulneraciones de los principios básicos de cualquier sistema penitenciario moderno. ¿No es la ejecución de la pena una fase más del ius puniendi del Estado? ¿Puede un particular ejercer esta potestad? Y lo que es más importante: las prisiones han estado siempre un lugar donde las vulneraciones de los derechos humanos se han dado con frecuencia, y estas vulneraciones aumentan significativamente cuando el centro pasa a manos privadas, ya que están sometidas a menos control por parte de las autoridades y, además, tienen incentivos para esconder los abusos: hacerlos públicos les podría hacer perder beneficios.

Sin embargo, el Estado español ha empezado a introducir la privatización de centros penitenciarios en los últimos años, concretamente de centros de menores. El artículo 45.3 de la Ley Orgánica de responsabilidad penal del menor (LORPM) introduce esta posibilidad al establecer que: “Las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla podrán establecer los convenios o acuerdos de colaboración necesarios con otras entidades, bien sean públicas, de la Administración del Estado, Local o de otras Comunidades Autónomas, o privadas sin ánimo de lucro, para la ejecución de las medidas de su competencia, bajo su directa supervisión, sin que ello suponga en ningún caso la cesión de la titularidad y responsabilidad derivada de dicha ejecución. Este precepto no permite ceder la titularidad de las prisiones a una empresa privada (como sí ocurre en EE UU), pero sí la cesión de la gestión de los centros a empresas privadas. Y aunque la ley exige que estas empresas sean “sin ánimo de lucro”, en muchos casos no queda claro si las entidades privadas que ya gestionan la mayoría de centros de menores en España cumplen con este requisito. Lo que acaba pasando en muchos casos es que la gestión se encomienda a una entidad sin ánimo de lucro, pero esta contrata con empresas que sí la tienen para realizar las tareas de gestión. Resultado: la gestión de la prisión se rige por intereses económicos, con las consecuencias que esto conlleva.

España ha abierto las puertas al fenómeno de la privatización de prisiones, aunque, de momento, solamente afecta a los centros de menores. No han sido pocos los casos de abusos y vulneraciones de derechos humanos en estos centros privados en los últimos años. Y es que, si este proceso de privatización avanza, se corre el peligro de que la situación sea tan grave como en EE UU: empresas privadas que deciden cuanta gente se tiene que encarcelar en función de las celdas que tienen que amortizar y, lo que es más significativo: que priorizan el beneficio económico por encima de los derechos humanos.

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