“A los abogados se nos contrata por nuestro saber hacer”

Redacción.

3 de octubre de 2020.

Jorge Campmany es abogado especialista en Derecho Laboral desde 2007 y socio director del despacho Campmany Abogados, con sedes en Barcelona y en Madrid. Su bufete nació en 2009, con el firme propósito de ayudar a las personas que están en una situación vulnerable en la esfera laboral o frente a la Seguridad Social.

Hace poco lanzaron una enciclopedia online sobre la incapacidad permanente. ¿Qué motivó su lanzamiento?

La idea surgió por la desinformación que hay en la página web de la Seguridad Social. Pese a que van realizando cambios y actualizaciones, la mayoría de información que se publica no está estructurada. Ni en un lenguaje coloquial que pueda entender el público en general. Por el contrario, y tras el lanzamiento de esta librería gratuita de incapacidad laboral, son muchas las personas que se han podido beneficiar de los contenidos publicados en nuestra web. Y que, incluso, han obtenido una incapacidad gracias a este trabajo de compilación ordenada -y, por supuesto, de asesoramiento- que hemos realizado.

¿Hay actualmente un gran desconocimiento en esta materia por parte de la ciudadanía?

Así es. Históricamente al Estado le ha interesado que la información sobre incapacidad permanente fuera difusa… Tanto en relación con los requisitos y la cuantía de pensiones como con los procedimientos administrativo y judicial. Generalmente, la población no conoce cuáles son los criterios médico-legales que aplica el INSS, o que se tienen en cuenta en los tribunales. Por ese motivo, se hace muy complicado acceder a los requisitos de la prestación de incapacidad.

¿No debería ser la administración quien facilite información completa y accesible a los ciudadanos al respecto?

Totalmente de acuerdo. Sin embargo, insisto en que esto nunca les ha interesado. Máxime si tenemos en cuenta que, aproximadamente, en el 50% de casos que van a juicio se obtiene una victoria a favor del ciudadano. Es muy significativo el hecho de que muchas personas no son conscientes de que tienen derecho a recurrir, o que no lo hacen por falta de información. Y ello les sitúa en una posición de absoluta precariedad.

¿Cuáles son las principales preocupaciones y consultas sobre esta materia por parte de la ciudadanía?

La gran mayoría de consultas son acerca del procedimiento, y con el fin de saber qué les puede ocurrir en caso de que les den el alta médica. Y, por descontado, desean cerciorarse de si pueden conseguir una incapacidad laboral con su enfermedad (o lesión). No obstante, también es muy frecuente que pregunten si cumplen o no los requisitos legales para poder solicitarla.

¿Considera que el impacto del COVID-19 ha incrementado las solicitudes de incapacidad?

No hemos visto un incremento de solicitudes en esa línea. Lo que sí que ha sucedido es que, debido a que los tribunales médicos han estado cerrados durante tres meses, se han alargado muchas situaciones de incapacidad temporal. Por esta razón, el número de consultas que nos han llegado por ese problema ha sido enorme. Sobre todo en referencia a la tesitura administrativa en la que se encuentran y sus consecuencias.

Es recurrente ver en la prensa y los medios que el procedimiento de solicitud de incapacidad es una materia con un alto grado de litigiosidad. ¿Cuáles son las razones que motivan tal situación?

En primer lugar, porque el 90% -o más- de reclamaciones previas que se interponen contra el INSS son desestimadas. Tras ello, y aunque muchas se quedan en el camino, la mitad de las que acaban en juicio alcanzan una resolución judicial positiva, como comentaba antes. Por lo tanto, la Seguridad Social actúa como un filtro; los profesionales del ramo conocemos bien dicha circunstancia. Y, en segundo término, porque no existe la posibilidad de conciliar. Muchos expedientes se podrían acordar con el INSS sin necesidad de presentar la causa ante un juez. Tanto es así que en muchas ocasiones los letrados de esta hacen lo que se suele llamar una oposición formal. Este concepto significa que, a pesar de que ellos piensan que se debería conceder la incapacidad,  en la vista continúan manteniendo que se deniegue, porque no pueden hacer lo contrario. En estos casos, el abogado del demandante es advertido en presencia del responsable de la sala.

¿Hay un gran grado de éxito por parte de los demandantes? ¿Cuáles son las principales claves de este tipo de procedimientos?

Lo esencial en este tipo de procedimientos es que el trabajador cuente con un abogado especialista que haga el seguimiento del caso, así como de las visitas que tiene el cliente con los médicos. El objetivo es poder recabar las pruebas que acrediten las limitaciones funcionales que padece.

Antes de finalizar la entrevista, ¿cuál es el asunto que más le ha hecho creer en la importancia de la abogacía como profesión?

Sin duda, la transmisión del conocimiento a la ciudadanía. Es primordial estar familiarizado con las reglas del juego, y como abogados tenemos la obligación de ser transparentes para con nuestros clientes (y con todas las personas que nos piden asesoramiento). Este conocimiento debería ser público y accesible para todos, en un formato comprensible. La verdad es que, mientras algunos letrados creen que nos contratan por nuestra sabiduría en la materia, debemos tener claro que nos es así: se debe a nuestro saber hacer. En otras palabras, no tanto por el qué sino por el cómo. La lucha ha de basarse en que el conocimiento sea universal, siendo la finalidad que las personas puedan tomar decisiones informadas. Y que no se equivoquen en cuestiones que puedan ser trascendentales en su vida, como es la incapacidad permanente.

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