Avances en la protección legal de las personas con discapacidad como consumidoras

Pilar VillarinoPor Pilar Villarino

Directora Ejecutiva del Comité español de representantes de personas con discapacidad (CERMI)

La reciente regulación en materia de consumo contenida en el Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica y en el posterior Proyecto de Ley ahora en construcción supone un avance importante en el ejercicio de situar a las personas con discapacidad y sus familias en la agenda política. Esto es así porque por primera vez contamos con una regulación legal en España de la categoría de persona consumidora vulnerable, una petición larga u sostenida del movimiento CERMI que finalmente ha tenido su primer fruto, lo que permitirá dotar de mayor protección y garantías de sus derechos a las personas con discapacidad, que también son consumidoras de bienes, productos y servicios. 

Las personas con discapacidad forman parte de la sociedad y como tal deben poder participar activamente en la misma. Su condición de consumidoras es por ello esencial y debe ser visibilizada y tomada en consideración. Para ello, desde el CERMI venimos reclamando desde hace mucho tiempo la regulación legal de la figura de la persona consumidora vulnerable, que permita dotar a la misma de una protección reforzada a la hora de ejercer sus derechos en el ámbito del consumo, preservándola de abusos y vulneraciones lamentablemente frecuentes. Las personas con discapacidad sin duda están más expuestas a la quiebra e infracción de sus derechos y precisan de la mayor protección que esa figura legal ofrece. Solamente así podrán soslayar la evidente mayor fragilidad con la que se enfrentan diariamente al mercado de bienes, productos y servicios. 

El CERMI ha planteado una serie de mejoras al texto del Proyecto de Ley, siempre en el horizonte de esa protección reforzada a las personas con discapacidad en el ámbito del consumo. En este sentido, nuestras propuestas giran en torno a las siguientes cuestiones, a nuestro entender esenciales: en primer lugar una descripción más amplia de las situaciones que motivan la consideración de consumidoras vulnerables de las personas con discapacidad, entre las que se deben incluir las dificultades en el acceso a la información, la necesidad de una protección más intensa contra exclusiones, discriminaciones y abusos, el sobrecoste económico de la discapacidad, entre otras causas.  

En segundo lugar, la insistencia hacia la accesibilidad universal, la realidad de la discapacidad se caracteriza por su gran diversidad y con ello la necesidad de múltiples y variados apoyos que responden a las necesidades individuales de cada persona consumidora. La accesibilidad universal debe permear la norma como garante inexcusable de protección de las personas con discapacidad en el consumo. 

En tercer lugar, la importancia del enfoque de interseccionalidad aplicado a la discapacidad: es esencial llamar la atención sobre el hecho de que cuando la discapacidad se suma a la edad y al género se agrava sin ninguna duda la situación de vulnerabilidad y con ello el riesgo de exclusión. En cuarto lugar, la necesidad de preservar el consentimiento informado, velando por que cualquier persona con discapacidad pueda manifestar su consentimiento con garantías.

Finalmente, es esencial que, en aras al principio de diálogo civil, se reconozca la participación activa de las organizaciones representativas del movimiento de personas con discapacidad y sus familias en el procedimiento de elaboración de las disposiciones generales que les afectan directamente y la representación de sus intereses, al igual que se visibilice en el texto legal la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidad, la herramienta primera, de cabecera, en el reconocimiento de los derechos de este grupo ciudadano. 

Me detengo en la propuesta relacionada con la transformación digital, también incluida entre las peticiones del CERMI. La nueva era digital confiere a las personas consumidoras un protagonismo sin igual, algo que debemos aprovechar para la toma de conciencia hacia la defensa y protección de los derechos de las personas con discapacidad como consumidoras. Esta norma es un paso en esa dirección. Al respecto es importante sumar a la brecha digital los sesgos de género y discapacidad en el análisis de datos masivos, que afectan claramente al diseño de políticas de impacto social, como las políticas de consumo. 

Vivimos un momento favorable para que las personas con discapacidad sean partícipes activas en el consumo, lo que nos va a permitir avanzar en la agenda política de la discapacidad en España y en la Unión Europea. Desde el CERMI seguiremos ofreciendo nuestra colaboración activa, desde la reivindicación constructiva y responsable. Solamente desde las alianzas colaborativas vamos a avanzar. 


1 de marzo de 2021

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