El Consejo de Ministros de España ha aprobado un Real Decreto Ley de medidas urgentes en materia de movilidad de los operadores económicos dentro del territorio nacional. La norma aclara quiénes son los órganos competentes para aprobar el cambio de sede social por parte de las sociedades que así lo decidan. Se facilitan los trámites de manera que solo si existe una declaración expresa en contrario por parte de los estatutos de la sociedad, será el Consejo de Administración el competente para aprobarlo.