Tipos de pensiones por discapacidad

Por Sara Guerra.

22 de junio de 2020.

Las pensiones son uno de esos temas que preocupan a todo el mundo, ya que cualquier persona podría necesitar de ellas en futuro más o menos cercano. Además de las pensiones por jubilación o viudedad, existen otros tipos de pensiones que afectan directamente a la población en edad de trabajar, entre los 18 y los 65 años: las pensiones por invalidez (contributivas y no contributivas)

Por este motivo, en el día de hoy hemos preparado un post de lo más exhaustivo tratando en detalle los diferentes tipos de pensiones de invalidez que existen en España actualmente, viendo en qué casos podrían asignarse unas u otras y cuáles son los requisitos y características de cada una de ellas. 

Pensiones contributivas de invalidez

Las pensiones contributivas de invalidez son aquellas que el Estado asigna de manera indefinida (es decir, hasta la fecha de fallecimiento de la persona) a aquellos trabajadores que hayan cotizado un mínimo de tiempo a la seguridad social y se encuentren en una situación de invalidez funcional.

Con esto no quiere decir que no deban cumplirse otros requisitos, sin embargo, esta es la primera criba que se realiza, ya que la contribución previa de estos trabajadores a la Seguridad Social es clave para poder recibir este tipo de prestaciones. 

En estas pensiones contributivas que se conceden a aquellas personas que tengan un mínimo de años cotizados, básicamente se les reconoce una incapacidad permanente para seguir desarrollando su actividad laboral, por lo que el Estado debe proveerlas de recursos económicos, sanitarios y sociales para garantizar su subsistencia. 

En estos casos, el usuario que puede acceder a este tipo de pensiones ha pasado por un tratamiento médico para superar o tratar una cierta enfermedad y ha sido dado de alta médica pero su cuerpo o su mente presentan ciertas limitaciones funcionales que le impiden seguir desarrollando su trabajo de manera normal. 

Sea como sea, todas estas pensiones son susceptibles de revisión, en las cuales se puede determinar un deterioro mayor del usuario o, por el contrario, una mejoría o un error de diagnóstico. Igualmente, la cuantía de cada una de estas pensiones estará determinada por los años de cotización del usuario, así como por su base reguladora. 

imagen

Tipos de pensiones contributivas de invalidez

Dentro de estas pensiones contributivas de incapacidad permanente existen tres subtipos, que atienden a diferentes necesidades y casos englobados: incapacidad parcial, pensión total, pensión absoluta y gran invalidez. 

En el primer caso, la incapacidad parcial responde a aquellos trabajadores que, a pesar de que pueden seguir trabajando, han visto mermada su capacidad funcional en, al menos, un 33 por ciento. Aquí, los trabajadores podrían seguir compatibilizando la prestación económica con cualquier trabajo, incluso en el que trabajaban antes de solicitar la pensión. 

En el segundo caso, la pensión por incapacidad total se asigna a aquellos trabajadores que no pueden volver a desarrollar su actividad laboral, pero en cambio, sí podrían llevar a cabo una actividad laboral diferente. En este caso, no se permite que el pensionista vuelva a trabajar en su anterior empleo, ya que se le considera incapacitado para desarrollar esa actividad. 

En el tercer caso, el de la pensión absoluta, el usuario no cuenta con capacidad para desarrollar ningún tipo de trabajo debido a su deterioro físico o mental, por lo que no puede volver a trabajar en ninguna actividad laboral a nivel legal. Finalmente, la gran invalidez se da cuando el trabajador necesita del soporte de otra persona para realizar sus rutinas y tareas diarias de subsistencia. 

Pensiones no contributivas de invalidez

Las pensiones no contributivas de invalidez son aquellas que aseguran una prestación económica y socio sanitaria a todos los ciudadanos entre 18 y 65 años que tengan una incapacidad permanente debido a una discapacidad. Esta pensión asegura que muchas personas con problemas de salud, incapacidades o discapacidades de diversos tipos puedan acceder a una prestación económica sin necesidad de haber cotizado o, al menos, si no han podido llegar al mínimo de cotización exigido para solicitar una pensión contributiva. 

Se trata de un recurso del estado para detectar usuarios en situación de vulnerabilidad y sin recursos suficientes para garantizar su subsistencia, como un acceso a servicios mínimos dentro el marco sanitario y social. 

En estos casos, la pensión no contributiva de invalidez incluye también asistencia médica, servicios farmacéuticos y sociales, así como otros servicios de salud que puedan ser necesarios para cada caso concreto y que se asignan en función del tipo y el grado de invalidez y del porcentaje de discapacidad. 

Para estas pensiones no contributivas de invalidez los requisitos serían, en primer lugar, tener una edad comprendida entre los 18 y los 65 años y tener acreditado un grado de discapacidad mínima del 65 por ciento. Del mismo modo, también se exige que los solicitantes sean residentes en España y lleven residiendo en el país un mínimo de cinco años que, aunque no tienen por qué ser consecutivos, si deben haber residido en España durante los dos años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud para la prestación. 

Deixa un comentari

L'adreça electrònica no es publicarà. Els camps necessaris estan marcats amb *