Las ayudas sociales concedidas a personas con renta reducida serán inembargables

Por Imma Domènech
Sabadell

Hasta ahora las ayudas que reciben los contribuyentes con rentas bajas, como pueden ser las subvenciones, se podían embargar siempre que el beneficiario tuviera alguna deuda con Hacienda, sin que en ningún momento se valorara que pudiera encontrarse en riesgo de exclusión social y que tuviera unos ingresos bajos. Intentando dar respuesta a las demandas expresadas por este colectivo y por muchos ayuntamientos, el ministro Montoro y su equipo de Gobierno han decidido establecer unos requisitos legales para que estas ayudas pasen a ser inembargables y exentas de tributación.

Los embargos de las ayudas que reciben las personas con grandes necesidades económicas se producen desde el año pasado, cuando se aprobaron los cambios en el Reglamento General de Aplicación del Tributos, en que se modificaron los artículos 31 a 35. A partir de entonces, las entidades locales pasaron a tener que declarar todas las operaciones con terceros aunque fueran inferiores a tres mil euros, en el modelo 347. Así, cuando concedían una subvención y este contribuyente también tenía una deuda con Hacienda, tenían que embargar la ayuda social otorgada.

Además, según el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sólo se considera inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o equivalente, que no supere el salario mínimo interprofesional, que se sitúa en 648,6€. El resto de retribuciones que sean superiores al salario mínimo se embargan de manera porcentual. Hasta ahora, la legislación no establecía nada sobre los embargos de las subvenciones y ayudas.

El primer paso hacia la reforma se dio el 22 de mayo cuando, en plena campaña electoral, el ministerio de Hacienda y Administraciones públicas emitió un comunicado sobre esta cuestión: “en el marco de la reforma tributaria, el Gobierno estudia proponer un cambio normativo para ampliar el ámbito de las exenciones que afectan a las ayudas o subvenciones concedidas por las Entidades Locales a los ciudadanos de renta reducida y en situaciones de especial necesidad, así como declarar la inembargabilidad de éstas”.

Fuente: diariosur.es
Fuente: diariosur.es

Finalmente, la medida fue anunciada cuando el senador Ferran Bel, alcalde de Tortosa, le formuló la siguiente pregunta a Cristóbal Montoro: “¿Qué medidas urgentes adoptará el Gobierno para evitar el despropósito que los ayuntamientos y las diputaciones tengan que embargar a las personas más necesitadas el importe de las ayudas sociales (becas comedor, ayudas para pagar la luz o el alquiler, etc.), que reciben por parte de la propia Administración, en el supuesto de que tengan deudas contra la misma?” Montoro anunció la medida señalando que será introducida mediante una enmienda, presentada por el Partido Popular, a la reforma de la Ley General Tributaria que se está tramitando en el Congreso. De este modo se quiere garantizar un “mínimo de subsistencia” a las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Tal y como afirmó el ministro “el objetivo es ofrecer una protección jurídica adecuada a las personas de mayor vulnerabilidad para que estas ayudas estén exentas de tributación”. Así pues, se busca que las ayudas que superen el salario mínimo interprofesional no se puedan embargar y que a la vez se encuentren exentas del pago de impuestos.

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