Un juez otorga una pensión de invalidez para una joven de 26 años que sufre fuertes migrañas

Redacción.

8 de enero de 2021.

Un juzgado de lo social de Barcelona ha corregido de nuevo una decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y ha concedido la incapacidad permanente absoluta para todo tipo de trabajos a una joven madre de 26 años por las diarias e intensas migrañas que padece, junto con vómitos y mareos, tras haber sufrido una hemorragia intracraneal por una eclampsia (aparición de convulsiones durante el embarazo). El juez condena al INSS, que denegó esta prestación, a que abone a la trabajadora una pensión vitalicia equivalente al 100% de su base reguladora de 1.186 euros, catorce veces al año y con efectos desde noviembre del 2019.                                                         

La sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Barcelona, ha estimado la demanda presentada en nombre de la trabajadora por Tribunal Médico al considerar que las migrañas que padece la mujer son frecuentes y le impiden no solo trabajar como dependienta en una ortopedia, sino en cualquier otra profesión.

La trabajadora posee el siguiente cuadro clínico: Secuelas de hemorragia intracraneal, persistencia de cefalea intensa, mareos, náuseas y vómitos, falta de concentración y memoria de frecuencia diaria.     

Desde la defensa jurídica sostienen que las patologías que padece la joven son merecedoras de una incapacidad permanente absoluta dada la existencia de migrañas repetidas que impiden el desarrollo de cualquier profesión. Además, el informe del médico de familia indica que las secuelas la limitan en las actividades de la vida diaria, precisando ayuda de terceros para hacerse cargo de su hija.

El mismo dictamen evidencia la cronicidad de la dolencia y que no mejora con los tratamientos, a pesar de que han transcurrido más de dos años desde la aparición de la hemorragia. La migraña, apunta la resolución judicial, ha podido hacerse crónica por la ansiedad y el estrés laboral de la paciente causados por su rápida incorporación al trabajo en el periodo de convalecencia de la lesión cerebral.

Alejandro Rusiñol, responsable de la defensa jurídica expone que “nos encontramos con una situación en la que la Seguridad Social tiene menos personal en activo y, en cambio, hay más procesos de bajas y peticiones de pensiones, a lo que debe sumarse que actualmente la Subdirección General de Evaluaciones Médicas-ICAM en la inmensa mayoría no está citando al enfermo, basando sus informes en la documentación médica que tienen volcado los pacientes en el sistema ‘La meva Salud'”. Todo ello provoca que “en muchas ocasiones no se aprecien todas las limitaciones orgánicas y funcionales” del paciente y genera “una inseguridad jurídica” que aboca al afectado a reclamar por vía judicial.

Puede consultarse la sentencia aquí.

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