Proyecto BEPS y el convenio multilateral para evitar la doble imposición

Ana Moral

Por Ana Moral

Abogada especializada en fiscal de Bufete Escura

En el ámbito de la fiscalidad internacional ha habido dos novedades significativas que influyen en este campo. La primera de ellas es la aprobación del Convenio Multilateral previsto en el marco de la Acción 15 del Plan BEPS y, la segunda la implementación del Proyecto BEPS (Base Erosion and Profit Shifting, en castellano Erosión de las Bases Imponibles y Deslocalización de los Beneficios).

El 24 de noviembre de 2016 se publicó el Convenio Multilateral, un instrumento en el que han participado más de 100 jurisdicciones, no sólo han intervenido los estados miembros de la OCDE sino otros miembros del G-20. En el ejercicio 2015, el Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE nombró un Grupo con el objetivo de desarrollar un instrumento multilateral, el cual fue aprobado por los Ministros de Finanzas y los Gobernadores de los Bancos Centrales del G-20. Este Convenio pretende implementar medidas en los Convenios de doble imposición con el objetivo de prevenir la erosión de bases imponibles y el traslado de beneficios.

En realidad, la Acción 15 del Plan BEPS establece que la razón que motiva la aprobación de este instrumento multilateral radica en la globalización que ha producido lagunas y divergencias entre los diversos sistemas tributarios. Este hecho ha impulsado a realizar una revisión de los Convenios de doble imposición que existen firmados en el ámbito de la OCDE y que se han quedado obsoletos debido a los distintos cambios normativos, a la globalización y al sistema tributario actual. Por lo tanto, esto fue detectado hace unos años, concretamente en el ejercicio 2012, cuando algunas multinacionales reducían la carga tributaria y trasladaban sus beneficios fiscales de un país a otro. Este hecho ha generado un problema social y un perjuicio entre los diferentes estados, lo que ha impulsado al gobierno a imponer medidas de carácter urgente entre ellas la aprobación del plan BEPS.

En la actualidad el Convenio está abierto para la firma y ratificación y se prevé que en el mes de junio de 2017 se firme el Convenio Multilateral por parte de los Estados que han participado en su elaboración (más de 100). Este Convenio viene a completar y a modificar lo establecido en los Convenios de doble imposición que existen actualmente con las medidas introducidas en el Plan BEPS. Las medidas que destacamos serían:

  • Medidas sobre los instrumentos y entidades híbridas (Acción 2 de BEPS). Estas medidas serían un claro ejemplo de situaciones de desimposición, por ejemplo los préstamos participativos. En España, los intereses del préstamo participativo eran deducibles y el ingreso generado sobre ese préstamo en Luxemburgo estaba exento; por lo que debido a la introducción de estas medidas que ya han sido adaptadas a la ley interna de cada estado, no permiten deducir el gasto de esos intereses en España puesto que en Luxemburgo el ingreso no tributa.
  • Medidas para incorporar los estándares mínimos a evitar el abuso de Convenio y la elusión de establecimientos permanentes (Acción 6 y 7 de BEPS).
  • Medidas destinadas a mejorar la resolución de conflictos promoviendo los procedimientos amistosos para resolver los problemas de forma eficiente y eficaz (Acción 14 de BEPS).

Respecto de la entrada en vigor del Convenio, existe una primera fase en la cual los 600 países intervinientes decidirán qué convenios fiscales se verán afectados y las disposiciones que adoptarán. Tras haber realizado estas elecciones, el gobierno de cada país debe comunicar a la OCDE lo que ha adoptado para poder gestionar la firma del Convenio Multilateral en junio de 2017.

Por otra parte, hemos de incidir en la segunda novedad de la fiscalidad internacional: El Proyecto BEPS. El Proyecto BEPS ha tenido como objetivo el detectar los posibles riesgos que suceden en el Sistema Tributario sobretodo de Erosión de bases imponibles y deslocalización de beneficios así como redactar las soluciones y las acciones que permitan combatir el fraude fiscal y la erosión de beneficios.

El Proyecto BEPS entró en vigor el 28 de febrero de 2016 y pretende regular la planificación fiscal agresiva de las multinacionales para conseguir reducir su carga impositiva. Está basado en 15 acciones o medidas desarrolladas que deben permitir controlar el problema de la Evasión Fiscal y la Planificación fiscal por parte de las multinacionales.

Dichas acciones se pueden dividir en 5 grandes bloques:

  • La Acción 1 trata de la economía digital. Las operaciones comerciales electrónicas deben tributar en el lugar de consumo.
  • De la Acción 2 a la 5 intenta desarrollar que todas las operaciones comerciales deben tener coherencia y carecer de inconsistencia.
  • De la Acción 6 a la 10 trata la substancia. No puede existir ninguna transacción sin substancia.
  • De la Acción 11 a la 14 se centra en la transparencia. Los grupos deben ser transparentes en lo que hacen y deben explicarlo a la administración.
  • La Acción 15 desarrolla la transparencia fiscal internacional.

El Plan BEPS y el Convenio Multilateral pretenden conseguir una fiscalidad más justa y equitativa evitando una deslocalización de beneficios que permite trasladar la carga tributaria de un país a otro y que de esta manera las operaciones comerciales realizadas entre empresas paguen sus impuestos en el lugar donde realmente se hayan llevado a cabo.