La última misión de la LSP: debilitar los colegios y desproteger a los profesionales y los ciudadanos

Oriol RuscaPor J. Oriol Rusca
Traducción por Marta de Bru de Sala i Martí

El pasado 20 de diciembre el Consejo de Ministros presentó al Consejo de Estado un nuevo texto de Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales, diferente en diversos aspectos al que aprobó inicialmente el pasado mes de agosto. Aun así, no podemos decir que el balance de los cambios operados sea positivo porque se mantienen las líneas básicas previstas desde el principio del proceso de elaboración de la norma y, en algún caso, se empeoran.

Particularmente, en el caso de la Abogacía se mantiene la pretensión de romper la unidad de la colegiación obligatoria de los abogados. Así, el abogado tendría que colegiarse si actúa en procesos judiciales y extrajudiciales en los que su intervención sea obligatoria o facultativa y también para prestar asistencia letrada o asesoramiento en Derecho en representación de un tercero, pero se exceptuaría –con respecto al asesoramiento— el caso del abogado que haya establecido una relación laboral con su cliente, creando la figura del asesor jurídico asalariado.

No se entiende el porqué de esta distinción que, en caso de ser aprobada definitivamente, generará inseguridad jurídica, perjudicará la calidad del servicio, atentará contra la independencia y, en consecuencia, perjudicará a los ciudadanos que tengan que recibir este asesoramiento. En este sentido, resulta particularmente significativo el reciente Informe del Consejo General del Poder Judicial (del pasado día 31 de enero) que también critica esta división entre abogados en función de las actividades que despliegan y la relación que puedan mantener con su principal; textualmente dice que “no tiene ninguna justificación”.

El anteproyecto, por otra parte, parece sugerir dudas sobre el funcionamiento democrático de las corporaciones colegiales mediante el mecanismo de establecer una disposición programática sobre el buen gobierno que no aporta nada verdaderamente nuevo que no esté ya regulado en otras disposiciones, pero hace dudar de la realidad colegial actual. Así, las corporaciones colegiales quedan sometidas a la Ley (Ley 19/2013, del 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno) no porque lo tenga que decir la futura ley de servicios y colegios profesionales, sino porque ya lo dice esta Ley de transparencia. Por otra parte, el establecimiento de incompatibilidades en los cargos directivos de las corporaciones colegiales para ocupar cargos públicos o electos se tiene que prever (como ya se hace) en las leyes de incompatibilidades correspondientes, de manera que incorporar previsiones de este tipo no aporta nada excepto confusión y la consiguiente inseguridad jurídica.

Esta regulación del buen gobierno corporativo también contiene previsiones inverosímiles, como la absurda incompatibilidad para desarrollar cargos en entidades aseguradoras que tengan o puedan tener relación con la corporación colegial, porque resulta contraria al principio de igualdad de derechos establecido en la legislación del mutualismo social.

Ahora bien, el último Anteproyecto ha ido más allá que el anterior en un tema muy importante como es el de las cuotas colegiales, tanto las de inscripción como las de sostenimiento colegial.

Hay que remarcar que —según el texto del Anteproyecto— los colegios no podrán exigir ninguna cuota de inscripción o equivalente y que las cuotas de sostenimiento colegial derivadas de la prestación de funciones públicas y de servicios obligatorios no podrán superar los 250 euros por año.

Esta regulación no atiende las particularidades de los Colegios, los servicios que prestan ni el número de colegiados adscritos y afectará muy gravemente a la viabilidad de muchos colegios que no podrán modificar sus ingresos ordinarios anuales (salvo mayoría muy cualificada) y que, a pesar de eso, tendrán que atender las funciones obligatorias que presten a sus colegiados, además de hacer frente a los incrementos de gastos derivados de las contribuciones a los respectivos consejos que, según el anteproyecto, no tendrían ninguna limitación.

Parece que la pretensión del anteproyecto es herir de muerte a muchos colegios, sin tener presente los servicios que realizan ni la calidad que garantizan a los ciudadanos con los servicios que prestan sus colegiados. Parece que el Gobierno quiere un sector profesional desprotegido, con colegios débiles y pequeños. Regular solo para dejar a los profesionales desamparados sin ningún cobijo cuando más lo necesitan para salir de la crisis y generar expectativas de desarrollo profesional. Regular sin pensar en las garantías profesionales que necesitan los ciudadanos

Por todo eso, los diferentes colegios que agrupan las muy diversas profesiones de este país continúan movilizados en defensa de los intereses de sus colegiados y de sus respectivas profesiones. En esta línea de actuación se encuentra el ICAB, que defiende y seguirá defendiendo a los abogados y su futuro profesional.

Si no tenemos un Colegio fuerte, no podremos tener una abogacía fuerte, libre e independiente. Luchemos por conseguirlo.

J. Oriol Rusca

Decano del Colegio de Abogados de Barcelona