En la reciente e importante reforma del Código Penal operada por la ley orgánica 7/2012 de 27 de diciembre, además de un agravamiento de determinadas conductas tipificadas, se observa un claro trasfondo recaudatorio.
Cada vez resulta más frecuente la vida en pareja sin ningún tipo de formalización, ya sea canónica o civil. Muchas de estas parejas, especialmente si tienen descendencia, se cuestionan si vale la pena inscribirse en el registro de parejas estables. ¿Hay ventajas civiles?, qué consecuencias fiscales se derivan en caso de muerte?, ¿nace un derecho a recibir una pensión de viudedad?