Por Israel Guerra.
El próximo 6 de abril se abre el plazo para presentar la declaración de la renta, que finalizará el 30 de junio. Es hora de conocer todas las novedades que entran en vigor en este ejercicio y buscar una asesoría de confianza para hacer bien todos los trámites y no incurrir en ninguna irregularidad
La Agencia Tributaria ha emprendido una lucha contra el fraude fiscal, para lo que ha tomado una serie de medidas que aparecen como novedades en la renta del año 2022. Por este motivo, los contribuyentes este año, además de tener en cuenta los plazos para no sufrir penalizaciones, deben conocer las novedades. No obstante, lo mejor para llevar a cabo todo el papeleo con éxito, es dejarlo en manos de profesionales, una Gestoría declaración de la renta que cuente con abogados especializados en materia en fiscal, laboral y contable, como Sola Ramón Abogados, líderes indiscutibles del sector.
Nuevo tramo para el IRPF
La principal novedad que aparece en esta declaración de la renta está relacionada con los nuevos tramos del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Es en este espacio donde se incorpora un nuevo tramo, es decir, aumenta su número, pasando de 5 a 6. Una medida que solo afectará a los contribuyentes con ingresos más altos. El sexto supone una subida del tipo impositivo, que se sitúa en el 47% para los contribuyentes con rentas que superen los 300.000 euros.
Con estas nuevas medidas, así quedan todos los tramos de rentas de trabajo:
Primer tramo hasta 12.450 euros: 19%.
Segundo tramo desde 12.450 euros hasta 20.200 euros: 24%.
Tercer tramo desde 20.200 euros hasta 35.200 euros: 30%.
Cuarto tramo desde 35.200 euros hasta 60.000 euros: 37%.
Quinto tramo desde 60.000 euros hasta 300.000 euros: 45%.
Sexto tramo (nuevo) a partir de 300.000 euros: 47%.
Nuevo tramo en rentas de ahorro
Otra de las novedades es la subida de los impuestos a las rentas de ahorro. A aquellas personas que superen los 200.000 euros, se les aplicará un 26%. Así quedarían en relación al capital ahorrado:
Primer tramo hasta 6.000 euros: 19%.
Segundo tramo desde 6.000 euros a 50.000 euros: 21%.
Tercer tramo desde 50.000 euros hasta 200.000 euros: 23%.
Cuarto tramo (nuevo) a partir de 200.000 euros: 26%.
Así mismo, se reducen las ventajas fiscales de los planes de pensiones en la deducción de impuestos y las aportaciones, que no pueden superar los 2.000 euros. Solo en los planes de empresa esta cantidad puede llegar a alcanzar los 8.000 euros, no pudiendo superar los 10.000 euros si se combinan ambos, tanto las aportaciones personales como las empresariales.
Cabe destacar que se ha reducido también la cantidad que se puede aportar al plan del cónyugecon posibilidad de deducción, pasando de 2.500 a 1.000 euros al año. Del mismo modo, los seguros privados de dependencia han sufrido una reducción, pasando de 8.000 a 2.000 euros.
Regulación de las criptomonedas
Otra de las variaciones más reseñables dentro de los cambios significativos que conllevará la campaña de la renta en 2022, será la presentación del modelo 720 en caso de tener criptomonedas.
Con esta reforma, quedaron atrás los vacíos legales existentes y aparece la obligación de declarar criptomonedas hacienda. Por este motivo, se debe reflejar en la declaración anual estas inversiones cuando los beneficios obtenidos superen los 1.000 euros, ya sea que se opere en España o en el mercado extranjero.
Nuevas deducciones en la Campaña de la Renta 2022
La Declaración de la Renta de este año también traer novedades en cuanto a las deducciones a las que se pueden acoger los contribuyentes.
Rehabilitación de viviendas
En relación a las viviendas, aparecen nuevas deducciones de un 20% con un máximo de 5.000 euros, con el objetivo de impulsar la rehabilitación edificatoria y mejorar la eficiencia energética de viviendas. También para aquellas que contribuyan a reducir en un 7% la demanda de calefacción y refrigeración.
En cuanto a los edificios de uso residencial, existe una deducción de hasta el 60 %, con un límite máximo de 15000 euros. En estos casos se deberá acreditar el certificado de eficiencia energética de reducción de consumo (de un 30% como mínimo, o tener una clase A o B).
Así mismo, se establecen deducciones del 40% para la mejora del consumo de energía primaria no renovable, con un máximo de 7.500 euros para obras que contribuyan al menos al ahorro de un 30% del consumo de energía.
Estas son las principales novedades a las que se tendrán que adaptar las declaraciones de los contribuyentes que tengan la obligación de presentar la declaración de la renta este año. Por este motivo, es necesario más que nunca contar con la ayuda de una gestoría fiscal especializada para no cometer ninguna irregularidad que pueda dar lugar a futuras infracciones y sanciones económicas, sobre todo cuando todavía no se tienen clara las modificaciones.
Sola Ramón Abogados se caracteriza por ser una gestoría totalmente transparente, que vela por los intereses de sus clientes, pero siempre aplicando la ley de forma honesta.