Redacción.
El número de asuntos ingresados en los Juzgados y Tribunales españoles durante el tercer trimestre del año fue de 1.297.786, lo que supone una disminución del 36 por ciento respecto al mismo periodo de 2015, según el informe “Situación de los órganos judiciales en el tercer trimestre de 2016” que publicó ayer la Sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial.
Los datos indican que, entre los pasados 1 de julio y 30 de septiembre, se resolvieron 1.239.611 asuntos –un 37,3 por ciento menos que en el tercer trimestre del año anterior- y que, al final de ese periodo, quedaban en trámite un total de 2.258.507 asuntos, lo que significa una disminución interanual del 11,1 por ciento.
Jurisdicción penal: descenso del 44,8 % por la reforma de la LECrim
En la jurisdicción penal ingresaron 788.151 asuntos, un 44,8 por ciento menos que en el tercer trimestre de 2015; habiéndose resuelto 761.479 asuntos y quedando en trámite otros 743.680.
Como en los trimestres anteriores, esta importante reducción en el número de nuevos asuntos obedece a la entrada en vigor el 6 de diciembre del año pasado de la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales, que reformó el artículo 284.2 de esta norma en el sentido de establecer que, con carácter general, no se remitirán a los Juzgados de Instrucción y de Primera Instancia e Instrucción los atestados policiales en los que no exista autor conocido del delito denunciado.
La consecuencia ha sido la reducción del ingreso de asuntos en este tipo de órganos en un 51,7 por ciento, que se ha traducido en un descenso del 44,8 por ciento en la cifra de asuntos ingresados en el total de la jurisdicción penal. Además, y como los asuntos que han dejado de ingresar en los Juzgados de Instrucción se resolvían de forma inmediata –con un auto de archivo por falta de autor conocido-, se da una bajada similar en la resolución en estos órganos.
Menos asuntos ingresados también en el resto de las jurisdicciones
El informe de la Sección de Estadística revela que el ingreso de asuntos ha disminuido también en el resto de las jurisdicciones: un 17,6 por ciento en la civil, un 6,7 por ciento en la contencioso-administrativa y un 5 por ciento en la social.
Así, el número de asuntos ingresados en la jurisdicción civil en el tercer trimestre del año fue de 382.754 –un 17,6 % menos que en el mismo periodo de 2015-; habiéndose resuelto en ese tiempo 372.221 asuntos y quedando en trámite 1.035.077.
En la jurisdicción contencioso-administrativa se registraron 41.348 nuevos asuntos, con una disminución del 6,7 %. Los Juzgados y Tribunales de esta jurisdicción resolvieron 36.165 asuntos y quedaron en trámite al final del periodo otros 190.251.
Por último, en número de asuntos de nuevo ingreso en la jurisdicción social fue 85.479, un 5 % menos que en tercer trimestre de 2015. Se resolvieron 69.716 asuntos y quedaron en trámite 289.395.
Canarias, Illes Balears y Andalucía, a la cabeza en tasa de litigiosidad
La tasa de litigiosidad en el conjunto de España en el tercer trimestre de 2016 fue de 27,9 asuntos por cada mil habitantes.
Durante este periodo, las Comunidades Autónomas que mostraron una tasa de litigiosidad superior a la nacional fueron Canarias –con 37,4 asuntos por cada mil habitantes-, Illes Balears (34,7) y Andalucía (32,6). También la Comunidad Valenciana (28) superó ligeramente la media.
En el otro extremo, La Rioja (17,9), el País Vasco (18,2) y Navarra (20,7) registraron las tasas de litigiosidad más bajas.
Proyección al conjunto de 2016
Como en años anteriores, y basándose en las series históricas trimestrales disponibles, se ha realizado una previsión para el conjunto del año 2016. En este caso, la proyección debe ser tomada con mayor cautela debido a que la reforma del Código Penal operada por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, que entró en vigor el 1 de julio de 2015, y la ya citada de la Ley de Enjuiciamiento Criminal regulada en la Ley 41/2015, con entrada en vigor el 6 de diciembre de 2015, han producido una notable disminución en la entrada de asuntos en la jurisdicción penal, con los consiguientes efectos en la resolución y la pendencia.