El CERMI reclama al Parlamento ahondar en la contratación socialmente responsable por parte de las administraciones

Redacción.

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha pedido al Parlamento que ahonde en la contratación socialmente responsable por parte de las administraciones, mediante la incorporación de una serie de enmiendas al Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público que se recogen en un informe elaborado por esta entidad.

El citado Proyecto de Ley ha incluido algunos aspectos positivos, aunque no recoge otros que son muy necesarios y que forman parte de las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo, 2014/23/UE Y 2014/24/UE, DE 26 de febrero de 2014, que son precisamente las normativas comunitarias que se transponen al ordenamiento jurídico español con el Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público.

Entre las propuestas que recoge el informe del CERMI se encuentra la de mantener la prohibición de que las instituciones puedan contratar con empresas de más de 50 trabajadores que no cumplan con la cuota mínima del 2% de personas con discapacidad en plantilla o en su defecto realicen acciones alternativas, aunque para que este punto sea realmente efectivo, reclama que se debería implantar un certificado obligatorio que acredite que se cumple este aspecto.

El informe explica que podrá llevarse a cabo un desarrollo reglamentario a efectos de concretar más los modos de acreditar el cumplimiento de ese requisito del 2 por ciento, que podría ser mediante una certificación del órgano administrativo correspondiente, con vigencia mínima de seis meses, o mediante certificación del correspondiente Registro de Licitadores, en los casos en que dicha circunstancia figure inscrita en el mismo, pudiendo valorarse en tal momento otros posibles medios de acreditación.

Del mismo modo, el documento destaca la necesidad de facilitar información a las empresas licitadoras de un concurso público de la obligatoriedad de contratar un mínimo de personas con discapacidad, tal y como ya se realiza con la fiscalidad, la protección del medio ambiente, el empleo y las condiciones laborales. Además, sería necesario clarificar la redacción del artículo 150, relativo a los criterios de valoración de las ofertas, para clarificar que se da importancia a la evaluación de calidad-precio, donde se incluirían, por ejemplo, aspectos como la accesibilidad. En líneas generales, el CERMI aboga por reforzar los aspectos sociales sobre los criterios exclusivamente económicos.

En cuanto a la reserva de contratos públicos para empresas de inserción (más de un 30% de trabajadores con discapacidad), centros especiales de empleo (más del 70%) o la ejecución de los contratos en el marco de programas de empleo protegido, el CERMI celebra que ya se recoja este punto, pero aboga por una mayor claridad fijando un porcentaje de aproximadamente el 10% del total.

Con esta reserva de contratos se muestra igualmente el compromiso de las Administraciones Públicas hacia el colectivo de personas con discapacidad, aplicando medidas de acción positiva. Además, no sólo no generaría coste económico alguno, sino que incidiría muy favorablemente en la creación de empleo y en la productividad y competitividad”, recoge el informe.

Por otra parte, el CERMI resalta que es necesario excluir del acceso a las subvenciones públicas a las personas físicas o jurídicas incumplidoras de las normas que favorezcan a las personas con discapacidad o que realicen actos discriminatorios o contrarios a la dignidad de las personas. Y es que, según el documento remitido al Parlamento, sería una burla a las leyes que sujetos, personas físicas o jurídicas, que han sido condenados en el orden penal o sancionados en vía administrativa por tan graves conductas, obtengan beneficios o subvenciones como “premio” a su comportamiento, censurado, sin embargo, por las normas penales o de otros órdenes.

Por último, el informe subraya que la licitación de prestación de servicios sociales debe quedar fuera del ámbito de una estricta aplicación de la normativa de contratación pública. En determinados casos, este tipo de adjudicaciones podrían realizarse sin concurso, garantizando siempre una total transparencia.