El CGPJ debate el jueves su adhesión a los principios del Código Iberoamericano de Ética Judicial

Redacción.

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial debatirá el próximo jueves una propuesta para declarar su adhesión a los principios que inspiran el Código Iberoamericano de Ética Judicial mientras no se apruebe un Código Ético propio para la Carrera Judicial española, al considerar que el texto cumple con los principios esenciales en materia de deontología judicial proclamados por la Red Europea de Consejos de Justicia.

La propuesta recoge las consideraciones de los vocales Roser Bach, Nuria Díaz y Fernando Grande-Marlaska a partir del acuerdo adoptado en su última reunión por el grupo de trabajo constituido en abril de 2014 para la elaboración de un Código Ético para la Carrera Judicial.

El texto señala que “la necesidad de elaborar un Código Ético para la Carrera Judicial española arranca de los compromisos internacionales a los que España debe hacer frente” y que “la existencia de un Código Ético propio es un elemento importante en el análisis de la independencia judicial, que contribuirá a fortalecer la imagen de independencia del Poder Judicial”.

La propuesta dice también que el Código Iberoamericano constituye “un referente deontológico idóneo para guiar la conducta de los jueces y para facilitar la reflexión ética sobre los diversos aspectos de la función que desempeñan” y que es complementario de la Declaración de Londres de 2010 sobre Ética Judicial, aprobada por la Red Europea de Consejos de Justicia, ya que ambos textos “ofrecen una dimensión positiva de los Códigos de Ética Judicial, en sintonía con la necesidad de establecer una serie de principios que inspiren la actuación de los jueces contribuyendo a reforzar la confianza de los ciudadanos en el Poder Judicial”.

Comisiones de servicio de los altos cargos del CGPJ

El Pleno también estudiará una propuesta de los vocales Roser Bach, Ángeles Carmona, Victoria Cinto, Fernando Grande-Marlaska, Vicente Guilarte, Carmen Llombart, Enrique Lucas, Clara Martínez de Careaga y Concepción Sáez en relación con el régimen de comisiones de servicio de los altos cargos del Consejo.

El régimen que se sigue actualmente fue aprobado por unanimidad el 28 de enero de 2014 por la Comisión Permanente, que acordó la modificación de las normas sobre viajes y gastos de carácter protocolario, extendiendo a los desplazamientos dentro del territorio nacional el requisito de autorización previa, que hasta entonces sólo se exigía si el destino era el extranjero.

En los más de dos años transcurridos desde entonces, la Comisión Permanente ha tramitado las solicitudes de autorización de los viajes oficiales del presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, de los vocales y del secretario general tanto dentro como fuera de España. El Portal de Transparencia del órgano de gobierno de los jueces actualiza trimestralmente la información sobre esos viajes, de modo que cualquier ciudadano puede conocer el motivo y destino de los mismos y los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención que han ocasionado.

La propuesta que se debatirá el jueves señala que el Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF) del Consejo, que data de 1986, solo exige la autorización de la Comisión Permanente para los viajes que los vocales realicen al extranjero; que su contenido quedó precisado en el mismo sentido en un acuerdo del Pleno del CGPJ de 28 de junio de 2012 y que la Ley Orgánica 4/2013, de reforma del Consejo General del Poder Judicial, tampoco contiene normas que afecten a la realización de viajes ni a la asistencia a reuniones por parte de los miembros de la institución.

Los vocales firmantes concluyen que “carece de base legal y reglamentaria alguna que justifique que los viajes en territorio nacional o la asistencia a la sede del Consejo por parte de los vocales, permanentes y no permanentes, se someta a la autorización previa de la Comisión Permanente” y dicen que esa exigencia “choca frontalmente con el estatuto de los vocales del CGPJ, ya que supone fiscalización, también injustificada, de su actividad”.

Por ello, proponen que, mientras no se apruebe un nuevo Reglamento de Organización y Funcionamiento, el régimen de las comisiones de servicio de los altos cargos del Consejo sea el establecido en el ROF 1/1986 y en el acuerdo del Pleno de 28 de junio de 2012, de modo que para los viajes que se hagan en territorio nacional baste la autorización del propio vocal, sin perjuicio de la debida justificación a posteriori de los gastos que ocasionen.