¿Se ha extraviado el dinero recaudado con las tasas judiciales?

Diego FierroPor Diego Fierro Rodríguez. 

El Ministerio de Justicia ha respondido a una pregunta parlamentaria, realizada por el diputado de Compromís-Equo Joan Baldoví, referente al destino de la recaudación que se ha logrado con las tasas judiciales diciendo que desconoce el destino de los más de 500 millones de euros que se han obtenido. Además, ha dicho que tampoco corresponde a la Agencia Tributaria determinar la fijación ni dar la información relativa al destino de lo logrado con las tasas.

No resulta adecuado que la ciudadanía no sepa qué ha sucedido con el dinero que se ha obtenido con las tasas judiciales desde que la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, pudo comenzar a aplicarse. Además, los ciudadanos tienen derecho a saber que ha pasado con la recaudación procesal por los costes en sentido jurídico y en sentido económico que han tenido para muchas personas.

Teóricamente, los recursos económicos que se iban a lograr con las tasas judiciales iban a ir dirigidos a la financiación de la asistencia jurídica gratuita según Alberto Ruiz-Gallardón, pero las Comunidades Autónomas no han percibido ni un euro y parece que tardarán mucho en recibir los medios económicos adecuados. Debe destacarse que el Ministerio de Justicia ha indicado que “así las cosas, no existe obligación legal presupuestaria de aplicar toda la recaudación por un concepto concreto a un gasto específico, puesto que lo que existe es una vinculación pero no afectación del ingreso recaudado con la tasa”. Lo curioso es que la Exposición de Motivos de la Ley de tasas judiciales señala, para justificar el establecimiento del tributo, que “Con esta asunción por los ciudadanos que recurren a los tribunales de parte del coste que ello implica se pretende racionalizar el ejercicio de la potestad jurisdiccional, al mismo tiempo que la tasa aportará unos mayores recursos que permitirán una mejora en la financiación del sistema judicial y, en particular, de la asistencia jurídica gratuita, dentro del régimen general establecido en el artículo 27 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria”.

Es una desgracia que lo único bueno que se podía realizar con los medios económicos logrados con las tasas judiciales no se haya hecho y que no se vaya a producir el adecuado empleo del dinero obtenido para sostener la asistencia jurídica gratuita. Con este hecho, el único argumento que podía mantener mediante la lógica la existencia de alguna clase de tributo jurisdiccional se tambalea.

Que el Ministerio de Justicia y la Agencia Tributaria ignoren o quieran ignorar el destino del objeto de la recaudación es preocupante y Rosa Aguilar ya ha afirmado que, con esta situación, el Gobierno ha quedado en evidencia. Si los encargados de esos dos entes no saben nada al respecto, lo cual es cuestionable, habrá que ver quién conoce dónde se encuentra el dinero que se ha conseguido con las tasas judiciales, aunque la Exposición de Motivos de la Ley reguladora de la tasa jurisdiccional dice que “El nuevo marco de la tasa parte, por un lado, de que su gestión económica corresponde al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas”. Se supone que el Tribunal de Cuentas debería poder decir algo al respecto, pero es muy posible que no lo haga.

Parece que lo más razonable es pensar, como indica Guillermo Díaz Bermejo, que el producto del cobro de los tributos jurisdiccionales ha terminado en el cajón de los ingresos públicos, aunque esta idea contradiga las afirmaciones de Alberto Ruiz-Gallardón y de la Exposición de Motivos de la Ley de Tasas Judiciales.

Es necesario que exista una mayor transparencia en todo lo que gira alrededor de los ingresos públicos obtenidos con las polémicas tasas judiciales, ya que el objeto de los mismos es el dinero perteneciente a la ciudadanía. Nadie puede olvidar que Hacienda somos todos.