Barcelona,
El pasado viernes 17 de Octubre El Jurista asistió a un acto organizado por la Asociación de Mujeres Juristas para conmemorar el 25º aniversario de esta institución. La sesión, enmarcada dentro del programa de actos de celebración se celebró en el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona y se dedicó a hacer un balance de la situación de la Violencia de Género, lo que se pretende es dar una visión de su recorrido y destacar e incluir todas aquellas entidades e instituciones que han acompañado y que quieren acompañar a esta asociación.
La primera mesa redonda se centró en hacer un balance de la situación de la violencia hacia las mujeres a 10 años de la Ley Orgánica 1/2004 de medidas de protección contra la violencia de género, los ponentes fueron la presidenta de Mujeres Juristas, Mercè Claramunt; la profesora de Filosofía del Derecho de la UAB y directora del Grupo de Investigación Antígona, Encarna Bodelón; y la profesora de Derecho Penal a la Universidad del País Vasco, Miren Ortubay Fuentes.
Primera mesa redonda
Mercè Claramunt, nos habló de los mitos que siguen existiendo sobre la denuncia de la violencia de género con datos provenientes del CGPJ. Define el sistema judicial como rígido y nos reveló datos, como por ejemplo, que en un gran número de casos, las sentencias acontecen ineficaces, puesto que, 2 de cada 3 mujeres que denuncian violencia de género se van del Juzgado sin orden de protección.
En relación a los profesionales, la percepción es un cierta falta de formación específica en materia de violencia de género muchas veces se sienten poco asesoradas, ante un desconocido que las tiene que representar (abogado) y con sensación de miedo y se propone un cambio de paradigma que la ponente traslada a los operadores jurídicos.
También señaló que hay que evitar la práctica habitual en el mundo de las denuncias por violencia de género que parte de la premisa: “si no es grave, no denunciaré”, puesto que es necesario denunciar en la primera agresión para evitar ir a más.
Encarna Bodelón, nos presentó las conclusiones del estudio que ha realizado para el libro “Violencia de género y las respuestas de los sistemas penales”, en este estudio se ha seguido una metodología con entrevistas a mujeres que han sufrido violencia de género (Barcelona y Madrid), entrevistas con los operadores jurídicos y un etnografía (observar la práctica) a los juzgados.
La ley del 2004 contempla la violencia de género continuada, pero, últimos estudios de victimización revelan que hay otras muy presentes como la violencia puntual, la violencia institucional en el trabajo, la violencia psicológica o la violencia durante el embarazo y lactancia. Esto pone en evidencia la necesidad de un cambio de paradigma que incluya todos los tipos de violencia de género. Todavía perduran los estereotipos discriminatorios sobre las mujeres, por ejemplo, el artículo 416 LECr hace referencia a la racionalidad de las víctimas: la dispensa de la obligación a declarar contra el cónyuge, esto es un síntoma del arcaísmo de ciertos preceptos, una manera de decir que las mujeres no pueden hacerse cargo de presentar una denuncia y, en última instancia, un obstáculo para el proceso judicial.
Otras conclusiones que se extraen del estudio son: el mal uso del sistema de ayudas (se calcula que el 59,7% de las mujeres maltratadas no han contactado con ninguna institución de ayuda), a consecuencia de un exceso de instituciones que no puede frenar la elevada tasa de impunidad (cerca del 33,5%) y sobreseimiento (30,4%). El hecho que el artículo 418 de la Ley 10/2004 prohíba métodos alternativos de resolución de conflictos con violencia, acontece un obstáculo para el sistema penal que no puede resolver con métodos como la mediación para lesiones leves.
Miren Ortubay, nos habló sobre las contradenuncias y el hecho que la respuesta penal a la violencia sexista se vuelve contra las mujeres. El tema de las denuncias falsas no es siempre un indicio de contradicción (cómo si la mujer se sintiera poco valorada y la retiran), sino que hay automatismos que muchas veces ignoran la voluntad de las mujeres.
El perfil del condenado por violencia de género son hombres, extranjeros y de clase baja, de 1420 expedientes, sólo 46 condenas por violencia de género son para mujeres, a pesar que el estudio era de condenas de los juzgados penales contra mujeres. La ponente destacó la figura del derecho penal como instrumento que trata con más rigor a las mujeres, poniendo penas iguales a delitos de consideraciones diversas, y plantea que hay una interpretación misógina.
Segunda mesa redonda
Lucía Ruano nos habla sobre las medidas de protección integral contra la violencia de género, con su experiencia como Magistrada-Jueza de lo Social.
Con la introducción de la relación socio-laboral a los principios rectores de la Ley 10/2004 se prevé garantizar los derechos económicos (a mujeres con recursos) y su integración social (mujeres sin recursos). La realidad nos revela que los dos perfiles no son tan diáfanos (mujeres con trabajo temporal a turnos, etc), con el fin de conciliar derechos laborales de las mujeres afectadas, se hacen reformas al Estatuto de los Trabajadores, como la reducción de jornada, la movilidad geográfica, la suspensión de contrato (6 meses alargables a 18) y que las faltas de asistencia acreditadas por motivo de violencia de género no computen para el despido. También se garantiza el derecho al paro si el contrato se suspende por razones de violencia de género, en este caso, el tiempo de baja se considera como tiempo cotizable. Se reconocen bonificaciones del 100% con contratos suplentes de las trabajadoras afectadas.
Maria Jesús Cala, profesora del Departamento de Psicología Experimental de la Universidad de Sevilla nos habla de las conclusiones del estudio sobre la renuncia a continuar con el proceso judicial en casos de violencia de género, estas conclusiones van en la línea de análisis del miedo y la culpa y como la sensación de las mujeres afectadas es de peligro y de riesgo ante un gran desconocimiento del proceso.
Hizo una reflexión sobre la necesidad de incorporar el riesgo a las valoraciones de riesgo FCSE y el carácter más activo de la mujer, que tiene que participar en sus necesidades.
Finalmente, el médico y profesor de medicina legal de la Universidad de Granada, Miguel Lorente, hace un recorrido histórico sobre cómo han ido cambiando las políticas públicas en torno la violencia de género en los últimos 10 años.
El ponente parte del punto de vista de analizar el público de las políticas de protección, es decir, las mujeres. Nos habló de una sociedad todavía con un contexto patriarcal, usando datos como que el 3% de los ciudadanos de países de la UE considera aceptable la violencia de género y tienen un concepto de mujer, esposa y ama de casa.
Nos hizo reflexionar sobre como la normalidad se acababa adaptando a los valores de los países y como todavía ha calado en la sociedad un post-machismo que no se parará hasta que haya un cambio social desde dentro a partir de una respuesta institucional.