Esta corporación denuncia que la pretensión del Ministerio puede hacer entrar en crisis la gratuidad, la accesibilidad y la proximidad del servicio a los ciudadanos. La asignación vulneraría, además, las competencias de la Generalitat de Catalunya, y si se aprobara mediante Decreto- Ley resultaría contraria a la Constitución.
El Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) denuncia que la asignación de los registros civiles en favor de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, puede hacer entrar en crisis un servicio público tan importante como el que se lleva a cabo en los registros civiles.
El ICAB considera que la previsión del Ministerio de Justicia supone un paso atrás en la proximidad, accesibilidad y protección de datos de los ciudadanos porque la asignación a los registradores se hace “con plena capacidad auto- organizativa” en los aspectos relativos a “la organización territorial, material y tecnológica”. Esta asignación además, no garantiza la gratuidad del servicio público que prestan actualmente los registros civiles. Es más, es previsible que conlleve otro incremento de los costes para los ciudadanos ya que tendrán que pagar por servicios que actualmente son gratuitos. Será una nuevo “peaje” como lo es la tasa judicial, que sufren desde hace más de un año los ciudadanos y los profesionales de la justicia.
El ICAB también alerta sobre la manera de llevar a cabo la reforma del Registro Civil. Si la reforma se hiciera mediante un Decreto Ley resultaría contraria a la Constitución, porque no respondería de ninguna manera a una necesidad “extraordinaria y urgente”. El Gobierno ha tenido tiempo más que suficiente (casi tres años a contar desde la aprobación de la ley 20/ 2011 del Registro Civil) para organizar el servicio del Registro Civil. Cabe recordar la previsión de la Disposición Final Décima de la Ley 20/ 2011 del Registro Civil: “Hasta la entrada en vigor de la presente Ley, el Ministerio de Justicia adoptará las medidas y los cambios normativos necesarios que afecten a la organización y funcionamiento de los Registros Civiles dentro del proceso de modernización de la Justicia“.
El decano del Colegio de Abogados de Barcelona, Oriol Rusca, considera que “esta forma de actuar resulta inadecuada, porque se hace sin consultar a los sectores afectados y es contraria a las normas. Cabe recordar que las Comunidades Autónomas con competencias en materia de justicia tienen reconocidas competencias ejecutivas en materia de Registro Civil“.
La decisión adoptada por el Ministerio de Justicia también desvirtúa las previsiones de la Ley del Registro Civil aprobada en 2011 y que debía entrar en vigor el próximo mes de julio, y se hace, además, sin plantear una modificación legal tramitada en la forma adecuada. Por ello, el ICAB exige que la reforma del Registro Civil se haga por el trámite legal oportuno, con la transparencia debida y la responsabilidad exigible, con los informes pertinentes y la tramitación del anteproyecto de ley y, sobre todo, con un estudio económico que explique detalladamente el sistema de financiación del servicio.