La Comisión Nacional de la Competencia declaró en reunión del 22 de Junio de 2011 determinó que la actual redacción de la Ley 34/2006, la cual regula el nuevo acceso a la abogacía, supone la creación de un marco altamente restrictivo de la competencia en relación a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales.
Según la resolución de la Comisión, el nuevo acceso a la abogacía y a la procuraduría restringe en un alta grado la competencia, tanto en relación con las posibilidades de acceso y ejercicio como en lo que concierne a las entidades que controlan la formación teórica y práctica.
Tal posicionamiento por parte de la CNC se debe a las siguientes conclusiones extraídas por la Comisión:
En primer lugar, la Comisión Nacional de Competencia observa una fuerte limitación de la libre competencia en seguir diferenciando entre la abogacía y la procuraduría como ámbitos de actividad diferentes, ordenándose su acceso de forma independiente y separada.
Seguidamente, se puede observar una fuerte restricción de la competencia en elevarse los requisitos de acceso a las actividades de abogado y procurador, lo que conlleva a reducir el número de ejercientes, de forma especialmente acusada en los dos primeros años de vigencia de la ley.
Finalmente, la Comisión estipula que existe una limitación injustificada de la prestación de la formación a determinadas entidades en imponerse de forma ineludible la participación de los Colegios de Abogados.