Juramento sobre la nacionalidad española ante notario

Por Imma Domènech
Sabadell

 

Traducción por Arantxa Bernal

El pasado 2 de abril, el Consejo General del Notariado y el Ministerio de Justicia firmaron el acuerdo de gestión por el cual los notarios, en su condición de funcionarios públicos, se comprometían a realizar gratuitamente las actas de las juras o promesas necesarias para adquirir la nacionalidad española por residencia. Desde entonces el Notariado ha trabajado en el desarrollo de los medios necesarios para llevar a cabo esta labor, en coordinación con el Ministerio de Justicia y el Colegio de Registradores.

Los Registradores de la Propiedad y su personal han resuelto en pocos meses el retraso de años en los expedientes de nacionalidad por residencia. Prueba de esto es que a fecha de hoy, según fuentes del propio Colegio de Registradores Mercantiles y de la Propiedad de España, se han tramitado 420.051 expedientes de un total de 478.233, es decir, un 88%. Ahora se da paso a la última fase del Plan Intensivo de Nacionalidad para superar el colapso de expedientes acumulados con el que se encontró el Ministerio a principios de la legislatura. Llega, pues, el proceso de juramentos en el Registro Civil. Hasta este punto, se han sumado al proyecto los Notarios y su personal, de manera que, como novedad, el acto también podrá tener lugar ante Notario, que seguirá siendo totalmente gratuito. Una vez realizado el trámite e inscrito en el Registro Civil, se notificará a los interesados el momento en que podrán recoger el DNI y el pasaporte español.

Según informa el propio Ministerio de Justicia, los ciudadanos que hayan obtenido la nacionalidad española podrán solicitar cita previa para realizar la jura o promesa en cualquier notaría a su elección, o como de costumbre en el Registro Civil. Los formularios para solicitar cita previa se podrán obtener en el sitio web del Consejo General del Notariado. Es importante, también que con el fin de agilizar trámites, el hecho de que exista un servicio que indicará al interesado todos los requisitos necesarios, con el fin de acudir al notario elegido con toda la documentación necesaria y evitar así demoras no imputables al fedatario público.

Cuando se haya completado la jura o promesa ante notario, el acta se enviará telemáticamente para su inscripción en el Registro Civil y, también telemáticamente, el interesado podrá obtener el certificado de nacimiento y nacionalidad a través de la sección “Cómo va lo mío”. Con esta certificación, el ciudadano ya podrá pedir cita, como cualquier español, a los equipos de la Dirección General de la Policía, donde le expedirán su DNI o pasaporte.

Tal y como hicieron en su día los Registros, también los notarios y su personal han hecho y están haciendo un importante esfuerzo para llevar a cabo el encargo y, así es cómo la agencia tecnológica del Notariado, Ancert, ha desarrollado tanto una página web (http://nacionalidad.notariado.org), como las aplicaciones tecnológicas pertinentes para que los colegios notariales y las notarías puedan recibir de forma segura los expedientes que envían a los ciudadanos, verificar los datos introducidos por el interesado y confirmarlos con el Registro y organizar las citas por la jura o promesa en la notaría o el colegio notarial elegido.

A lo largo de estos meses, también se han realizado cursillos de formación para los notarios y los empleados de los Colegios Notariales y de las notarías.