Campaña de la Renta 2017: lo que necesitas saber

Redacción.

Los compromisos tributarios están a la vuelta de la esquina. La Campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al 2017 comenzará el próximo 4 de abril y se prolongará hasta el 2 de julio, según han confirmado las autoridades para el pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

La fecha correspondiente al mes de abril servirá para la presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2017. Los contribuyentes que así lo prefieran podrán realizar el proceso también por teléfono.

Quienes opten por la presentación de forma presencial en las comunidades autónomas, entidades colaboradoras o en las oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de la declaración anual, podrán acercarse a las ventanillas desde el jueves 10 de mayo. La campaña en general finalizará el 2 de julio.

Desde este momento, los empresarios y autónomos pueden comenzar a preparar el papeleo para cumplir oportunamente con las obligaciones tributarias.

Durante la primera semana de mayo los contribuyentes podrán solicitar la cita previa, para luego ir con la atención presencial. Quienes presenten la declaración anual con resultado a ingresar, con domiciliación en cuenta, tendrán oportunidad hasta el 27 de junio.

Respecto a las declaraciones con resultados a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar con domiciliación del primer plazo, la fecha tope es el 2 de julio.

Pago a tiempo

Para conocer más detalles sobre cómo se realiza este proceso, los expertos del portal gestoriabarcelona.com, una página web dedicada a la gestoría especializada en emprendedores, explican cuáles son las ventajas de hacer la declaración a través del servicio que ofrecen.

Según los profesionales, la gestoria para hacer la renta conlleva ciertos beneficios en el caso de elegir este tipo de servicio. Entre ellos se encuentra la confidencialidad de la información con asesores fiscales profesionales, consultoría privada y un precio razonable.

La gestoría tiene su sede en Barcelona, sin embargo, el personal de la gestoría profesional trabaja online con toda España.

“A veces, enfrentarse al momento de hacer la renta puede ser una tarea difícil. El servicio está dirigido a los autónomos, freelancers, emprendedores y profesionales que no cuentan con gestoría o desean una segunda opinión”, comentan los expertos en su sitio web.

Durante la campaña del 2016 se presentaron un total de 19,72 millones de declaraciones, lo que representó un incremento de casi 176.000 declaraciones en comparación con las del 2015.

Del total, unos 14,05 millones salieron a devolver, lo que generó un importe de 9.996 millones de euros. Unos 4,86 millones resultaron a ingresar, situándose la cifra en 9.173 millones de euros. 

Posibles sanciones

En el caso de que el plazo para cumplir con las obligaciones haya vencido y una persona no haya pagado los impuestos correspondientes, pueden derivarse ciertas sanciones que hay que tener en cuenta si se incurre en una situación como esta.

La primera recomendación es no desesperarse por lo ocurrido. Si se entrega el IRPF unos días después del vencimiento, lo más habitual es que Hacienda no tome medidas al respecto. Sin embargo, hay que estar preparado en el caso de que no sea así.

Entregar una declaración fuera del plazo se considera como una infracción leve, que puede acarrear multas de 200 euros. También es posible recibir una sanción en función del resultado del IRPF y, especialmente, de quien detecte la falta.

Es decir, no es lo mismo que una persona reconozca que ha fallado en el pago de sus compromisos, a que sea la propia Agencia Tributaria la que detecte la omisión.

En este punto es vital la buena fe del contribuyente, para que acuda a presentar la declaración sin que la Agencia lo solicite.

Con este escenario, los baremos de las sanciones son los siguientes: recargo del 5% de la cantidad a ingresar si el pago se efectúa antes de los 3 meses, 10% entre los 3 y 6 meses, 15% si es entre los 6 y 12 meses, o el 20% de la cantidad a ingresar si el pago se demora más de 12 meses. Eso sin incluir los intereses de demora.

En el supuesto de que sea la Agencia la que detecta la omisión, las sanciones se disparan entre un 50% y un 150% de la cantidad a ingresar más el interés de demora, en función de lo grave que la Agencia considere el delito.

El pago oportuno de los compromisos tributarios es una obligación en la mayoría de los países, que ven en estos ingresos una parte importante para su presupuesto nacional. Hay casos en los que, de incumplirse las obligaciones, las sanciones contra los contribuyentes pueden incluir la cárcel.

Lo ideal es gestionar con antelación todo lo relacionado con este tipo de trámites, para no ser sancionado por el organismo público.