23M: ¿Se acerca una marea de togas hacía el Ministerio de Justicia en defensa de los jueces sustitutos?

Redacción.
Barcelona.

 

Colectivos de jueces y magistrados sustitutos, con el respaldo de la Asociación de la Judicatura Eventual Catalana y la Asociación de Jueces Concepción Arenal, han convocado una manifestación el próximo lunes 23 de marzo a las 13 horas frente las puertas del Ministerio de Justicia, para reivindicar contra la precariedad laboral que están sufriendo como jueces sustitutos.

¿Se sumarán a esta marea negra el resto de operadores jurídicos? ¿Lo harán las demás asociaciones de Jueces y Fiscales, el Consejo General de la Abogacía Española, el Consejo General de Procuradores de España o la Confederación Española de Abogados Jóvenes? ¿Saldrán a la calle los más de 18.000 miembros que conforman la popular “Brigada tuitera”?

El pasado 24 de julio cuasi un millar de abogados desfilaron por Madrid en protesta de las tasas judiciales y su interferencia en el acceso a la justicia por parte de los ciudadanos. ¿Reivindicarán también contra la precariedad laboral de los jueces sustitutos, necesarios para el buen funcionamiento de la justicia?

Manifestación 24-7 Madrid
Imagen de la manifestación del pasado 24 de julio de 2014. Fuente: CGAE

¿Se están eliminando plazas de jueces sustitutos para acelerar el colapso de la Administración de Justícia?

En un contexto de grave crisis económica provocada por los recortes, de corrupción grave del poder político y de colapso absoluto de la Administración de justicia por la falta de medios, y justamente cuando resultaba más que nunca necesario aumentar la “ratio” de Jueces en España (11 jueces por 100.000 habitantes, cuando la media europea es de 21 jueces por 100.000 habitantes), el Ministerio de Justicia, no sólo no la aumentó, sino que a través de la L0 8/2012 de 28 de diciembre, eliminó “de facto”, mil quinientos (1500) jueces que reforzaban los juzgados cubriendo las vacantes, las bajas por maternidad y demás contingencias comunes de los Jueces de Carrera. Mediante un régimen excepcional de llamamientos, lo que en realidad hizo el ejecutivo español, fue  “despedir” de forma colectiva y a través de un ERE encubierto, a estos jueces que representaban el 20% de la plantilla judicial y que ponían el 30% de las sentencias en el conjunto del Estado español.

Dicha medida, tras el aluvión de denuncias/querellas y demandas por corrupción, preferentes, cláusulas abusivas, desahucios, despidos y demás abusos de derechos, ha provocado una sobrecarga de trabajo en los tribunales, de más del 150% en los Juzgados, de la carga máxima fijada por el Consejo General del Poder Judicial, inasumible por la falta de “ratio” de jueces en España, llegando incluso a alcanzar el 600% en algunos juzgados de lo Mercantil. Amargamente podemos recordar el caso del Juez de lo social de Madrid el Ilmo. Sr. D. Ángel Luis del Olmo que falleció en julio de 2013 en su despacho, como consecuencia de un infarto, afectado por un 206% de  sobrecarga de trabajo, en relación a los módulos fijados por el Consejo.  

El colapso judicial no ha logrado evitarse pese a la infame Ley 10/12 de 20 de Tasas judiciales auspiciada por el gobierno, cuyo objeto, además de recaudar, pretendía cercenar el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva de miles de ciudadanos. De los más de quinientos millones de euros que se han recaudado con las Tasas no han ido destinados a la Justicia Gratuita, tal y como se comprometió el Gobierno, ni a inversión alguna en Justicia.

El impacto de la medida de eliminar a los Jueces sustitutos y Magistrados suplentes (incluyendo también a Fiscales Sustitutos), resulta contrario a toda medida de eficiencia, que existiendo esta sobrecarga en los juzgados y Tribunales –paralelamente- y por el régimen excepcional de sustituciones, a 1500 jueces sustitutos se les haya “condenado” a una situación laboral en la que incomprensiblemente no se les da trabajo, no se les retribuye, no se les da de alta en la seguridad social, están de forma permanente  a disposición de los Tribunales superiores de Justicia y por el régimen de incompatibilidades de los jueces, tampoco se les permite desempeñar otra actividad laboral, salvo la docencia, con el único objeto de forzar una renuncia voluntaria, con pérdida de sus derechos laborales y económicos. Dicha situación está provocando, dentro del colectivo de Jueces Sustitutos y Magistrados Suplentes, auténticos dramas personales y familiares al no poder hacer frente a hipotecas, ni subvenir a sus necesidades propias. Todo ello en pago a haber estado trabajando, la mayoría de ellos, durante muchos años con contratos temporales concatenados, desatascando juzgados colapsados, y prestando  servicios esenciales a la justicia.

El Ministerio de Justícia ha ignorado también su situación

Al no tener ninguna interlocución con el Ministerio de Justicia, no dar ninguna solución, ni una indemnización por los perjuicios ocasionados necesaria para poder reemprender otra actividad, ni cualquier otra salida digna, se han visto obligados a pedir amparo al Parlamento Europeo a la Comisión Europea, a los tribunales de Justicia…

Mientras se sustanciaban estos procesos durante dos largos años han tenido que soportar esta inaceptable situación laboral, mientras desde sus casas y con gran impotencia, veían cómo el colapso de la justicia era cada vez mayor, donde de forma intolerable se producían suspensiones de juicios por falta de jueces, se eternizaban los procesos al borde de la prescripción  en asuntos de corrupción, y se señalaban vistas para el año 2019, lo que ha generalizado un clamor popular y una lógica indignación de los ciudadanos y de todos operadores jurídicos sobre la lentitud de la justicia, y sobre las graves deficiencias de un servicio público esencial,  que perjudica a las personas físicas en su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (indemnizaciones por despido, por accidentes, salarios de tramitación, invalidez, pensiones alimenticias, violencia doméstica) y también a las empresas que se han visto incluso obligadas a cerrar su actividad, a la espera de una resolución en sus litigios -14.000 millones de euros retenidos en los juzgados- Sin olvidar que la situación de la justicia en nuestro país asusta a cualquier inversión extranjera que pueda dinamizar la economía lo  que en una situación de crisis económica resulta manifiestamente intolerable.

La Comisión Europea archivó la denuncia queja de jueces y magistrados suplentes

Todo este largo proceso de denuncias, peticiones, quejas y demandas de los jueces sustitutos, en todas las instancias, tiene un primer pronunciamiento con la reciente “resolución de archivo” de la denuncia-queja presentada ante la Comisión Europea, que no sólo archiva la queja planteada por los jueces sustitutos sino que con ella introduce -por primera vez en  España-  el contrato Cero Horas – Cero derechos, lo que abre el peligroso camino de una mayor precarización de las ya “precarizadas” condiciones laborales del resto de los trabajadores. 

El Tribunal Supremo abrió la puerta al contrato de cero horas para la Judicatura Eventual

A nivel interno, la reciente Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de febrero de 2015, que lejos de tutelar al trabajador, ha dado un revés más a los más elementales derechos sociales de los jueces sustitutos, desestimando totalmente sus pretensiones destinadas a evitar abuso de la contratación temporal y no discriminación por razón de la duración del contrato- en materia de retribuciones, protección social, promoción profesional, provisión de vacantes, formación profesional y situaciones administrativas como licencias, permisos y demás derechos pasivos. Y no sólo eso sino que también desestima cualquier pretensión de reparar daños que se les han ocasionado e indemnizar los perjuicios causados por la conducta contraria a la directiva comunitaria 1999/70/CE. Con imposición, eso sí, de hasta 4000 euros de costas.

Con esta sentencia se abre la puerta a la precarización del trabajo y a la discriminación por razón de la duración del contrato de cualquier otro trabajador español, pues se da carta de naturaleza a la perpetuación del abuso de la contratación temporal, mediante un régimen jurídico idéntico al contrato Cero horas, en la misma línea apuntada por la Comisión Europea. Todo ello sin que la sentencia del Tribunal Supremo haya entrado a valorar si la razón objetiva – a la que hacía referencia la recurrente- se había cumplido en la realidad, tras más de 30 años de concatenación de contratos temporales, como le ocurre a una  gran parte de los jueces sustitutos españoles, lo que aparte de vulnerar el espíritu y la finalidad de la directiva 1999/70/CE, deja a los jueces sustitutos en una situación de absoluta desprotección social, debiendo de acudir a otras instancias como el Tribunal Constitucional, Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal de Justicia Europeo, para conseguir que en el Estado Español se cumplan las disposiciones normativas de derecho comunitario encaminadas a dar estabilidad laboral al trabajador.