¿Puede despedirse verbalmente? El artículo 55.1 ET es muy claro al respecto: el despido deberá comunicarse por escrito, junto con la descripción de los hechos que motivan el despido y la fecha de efectos del mismo.
Por Pilar Hernández
De un día para otro dejas de trabajar, no te notifican porqué. Es el precio del silencio, un artículo de David García que nos habla sobre la naturaleza y responsabilidad ante el despido tácito.
Por David García
El período de prueba a juicio: La última sentencia del Tribunal de lo Social de Barcelona sobre la improcedencia del despido de un peón de almacén en periodo de pruebas, es motivo de análisis.
Por David García.
PYMES y trabajadores: A partir del 1 de enero de 2014 aumenta un 40% el coste del despido para PYMES con problemas económicos. ¿Desincentivará el despido o alargará el tiempo de espera del cobro de cantidades a los trabajadores?
Por Jose M. Raya Sánchez