El pasado 29 de octubre, el BOE (Boletín Oficial del Estado) publicó la Ley 16/2013, que entró en vigor el día siguiente de su publicación, sobre medidas en materia de fiscalidad medioambiental y por la que se adoptan otras medidas tributarias y financieras que afectan tanto a las personas físicas como jurídicas.
Para ayudar a cumplir los objetivos en materia de medioambiente de la Unión Europea, se aumentará la fiscalidad sobre determinadas actividades.
En relación con el Impuesto sobre Sociedades, establece la no deducibilidad del deterioro de valor de las participaciones en el capital o fondos propios de entidades, así como de las rentas negativas generadas durante el plazo de mantenimiento de establecimientos permanentes ubicados en el extranjero. Mientras que en la Administración Pública se hace extensiva al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Asimismo, se introduce en nuestro ordenamiento el Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero, que recae sobre el consumo de estos productos atendiendo al potencial de calentamiento atmosférico y se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, para conseguir establecer un sistema similar al de otros países europeos y reforzar la competitividad exterior.
Finalmente, se adoptan una serie de sanciones para aquellas empresas y sociedades que incumplan los tratados acordados con la Unión Europea en materia medioambiental, conforme a lo que dicta la Ley 58/2003, de 17 de diciembre.