Convenio entre procuradores y notarios para el envío telemático de poderes para pleitos

Redacción.

Los procuradores que hayan sido designados como representantes procesales podrán aportar y hacer valer estos poderes para pleitos –recogidos en escritura pública electrónica- ante los órganos judiciales y administrativos del Poder Judicial, los órganos de las Administraciones Públicas, así como ante aquellas personas jurídico privadas ante las que se les haya concedido facultades de representación.

Este acuerdo da cumplimiento a la Ley 42/2015, de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil que expresa la necesidad de acometer una cambio en profundidad de las diferentes actuaciones procesales para generalizar el uso de los medios telemáticos, otorgando carácter subsidiario al soporte papel, en aras de conseguir mayor eficiencia en la tramitación de procedimientos, y un ahorro de costes a Estado y ciudadanos, reforzando incluso las garantías procesales. La referida ley establece el 1 de enero de 2016 como día a partir del cual se hará efectiva la implantación de las nuevas tecnologías en la Administración de Justicia. En todo este proceso de modernización de la Justicia, la figura del procurador está llamada a jugar por la Ley un papel dinamizador de las relaciones entre las partes, sus abogados y las oficinas judiciales.

El Notariado pondrá a disposición su plataforma electrónica para que los procuradores puedan acreditar telemáticamente la representación de sus clientes. Adicionalmente, el CGN habilitará un servicio para que, mediante la atribución a cada poder de un Código de Verificación Seguro se pueda comprobar la veracidad y contenido del mismo, así como consultar si el poder subsiste o si, en su caso, ha sufrido alguna modificación. El Sistema Integrado de Gestión del Notariado (SIGNO) generará un sistema de alertas que permita a los procuradores designados que, en algún momento, hayan consultado los poderes conocer la modificación de los mismos, así como su revocación.

Por último, el CGN pondrá a disposición de secretarios judiciales y jueces un servicio, a través del cual podrán consultar el contenido de los poderes de representación procesal que los procuradores hagan valer en un determinado proceso o actuación, su vigencia, e, incluso, podrán obtener copia autorizada electrónica del mismo.