Lola Fernández.- Corresponsal Madrid.
Corrupción política, consulta catalana, dilación de los procesos judiciales han sido algunos de los temas más candentes en la primera apertura del Año Judicial presidida por el Rey Felipe VI. El presidente del Poder Judicial, Carlos Lesmes, y el Fiscal General del Estado, Eduardo Torres-Dulce, han destacado hoy en el Tribunal Supremo la necesidad de agilizar los procesos judiciales y combatir con más medios “la lacra de la corrupción”.
El máximo responsable del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano, atacó hoy “a la lacra de la corrupción” en la apertura del Año Judicial, presidida por primera vez por el Rey Felipe VI. Este asunto también fue muy criticado por el Fiscal General del Estado, Eduardo Torres-Dulce, quien se refirió de forma especial al ámbito político.
Desde el punto de vista del presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo, “la corrupción socava la democracia, es una lacra y distorsiona los mercados”. Por todo ello, Lesmes se ha comprometido “a hacer todo lo posible para revertir esta situación agilizando la tramitación y resolución de las causas en materia de corrupción”.
El Fiscal General del Estado, por su parte, se mostró autocrítico con la justicia española, señalando que “la respuesta del sistema penal es en exceso lenta y a veces desigual, algo que reconocemos sinceramente”. La apertura que tuvo lugar en el Tribunal Supremo y que acogió a las caras más conocidas del sistema judicial, entre ellas, el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, estuvo rodeada de manifestantes de CCOO que abogaron por la justicia pública y lanzaron gritos en contra del cobro de tasas.
Largos procesos a evitar
Por todo ello, el Fiscal General demandó “cuanto antes los medios que cambien ese rumbo, así como modificar aquellos hábitos procesales y organizativos propios que lastran nuestra eficiencia”. De las 18 sentencias recaídas en procesos en los que intervino la Fiscalía Especial, todas ellas han resultados conformes, total o parcialmente con la acusación deducida por el Fiscal.
Eduardo Torres-Dulce también atacó de forma especial a la corrupción política y en este sentido, aseguró que “mina la credibilidad del sistema democrático” y “no puede ignorarse tampoco la corrupción privada que en el terreno financiero compromete gravemente la estabilidad económica y la distribución de la riqueza”.
Respecto a los tiempos de la justicia, los datos de la Memoria señalan que el periodo entre la incoación del procedimiento y la evacuación del escrito de calificación provisional por el Ministerio Fiscal transcurren de media 393 días en el procedimiento abreviado, 722 días en el sumario y 538 días en el jurado; desde la calificación provisional del Fiscal hasta la fecha del primer señalamiento de juicio oral transcurren de media otros 532 días en el procedimiento abreviado, 250 días en sumario ordinario y 317 días en el jurado. Por otro lado, dictada sentencia, el tiempo medio de resolución de los recursos es de 179 días.
Cataluña y las reglas del juego
Aunque Lesmes no hizo ninguna referencia expresa a Cataluña, en un día en el que se celebran numerosos actos conmemorativos, sí dijo que el Poder Judicial “se compromete a fortalecer también con la lealtad institucional que reclama nuestra integración en la Unión Europea, como se deriva en el artículo 2 del Tratado de la Unión, una exigencia ineludible para pertenecer a ella, lealtad que impide el cambio unilateral de las reglas de juego que han de regir nuestra convivencia”.
Sobresaliente para los jueces catalanes
El presidente del CGPJ, Carlos Lesmes, destacó por primera vez en un discurso institucional la figura de un juez y fue para un juez de Barcelona, el Caso Aziz, quien se preocupó por los niveles de protección que el ordenamiento nacional proporcionaba a los deudores hipotecarios. “La iniciativa de este juez, en el conocido Caso Aziz ha contribuido a identificar la inveterada figura del deudor hipotecario con la de un moderno “consumidor”, consiguiendo que los derechos reconocidos de éste por la normativa europea se extiendan a aquella figura”, señaló Lesmes.
Destacó, por tanto, de este caso que se alertara en el planteamiento de la cuestión al Tribunal europeo sobre la circunstancia de que la normativa procesa de un Estado miembro -campo ajeno, en principio, al Derecho de la Unión en virtud de la autonomía procedimental de los Estados miembros-, podría erigirse también en un severo obstáculo para la protección armonizada que se dispensa a los consumidores. Y que el Tribunal de Luxemburgo advirtiera en su sentencia que la normativa española hasta entonces aplicable hacía imposible o excesivamente difícil, en los procedimientos de ejecución hipotecaria iniciados a instancia de los profesionales y en los que los consumidores eran parte demandada, aplicar la protección de la Directiva sobre cláusulas abusivas de los contratos realizados.
Para Lesmes, el Caso Aziz no constituye un pronunciamiento aislado, “la iniciativa de este juez ha sido determinante para que miles de ciudadanos y familias españolas hayan visto ampliadas sus garantías y derechos cuando asumen deudas hipotecarias”.