Para un código ético de la Policía de Catalunya

Por Xavier Juan Castro.
Barcelona.
 
 

Al margen de las polémicas en que se ha visto inmerso el cuerpo de Policía de los Mossos en los últimos años es fácilmente sostenible la necesidad de que los cuerpos policiales que tienen un papel tan relevante y sensible para la sociedad actúen no sólo de acuerdo con la ley sino que lo hagan de acuerdo con unos principios rectores recogidos en un código ético.

Escudo de los Mossos d’Esquadra

Pues bien, el gobierno de la Generalitat de Catalunya aprobó hace unos meses la creación de un nuevo Comité de Ética de la Policía de Catalunya, que será el encargado de el·laborar un nuevo código ético. Desgraciadamente el anterior código ético de la Policía de Catalunya fue utilizado por buena parte de los partidos políticos como un instrumento más dentro de su particular trifulca partidista. En todo caso, lo que sin duda es una buena noticia no nos debe hacer caer en la autocomplacencia. Por eso hay que tener presente que en el informe anual del año 2012 de la Oficina Antifraude de Catalunya en relación al proyecto de Decreto del Comité de Ética de la Policía en su fase de información pública, el OAC formuló unas alegaciones que nos deben alertar al menos de los errores en los que puede incurrir el nuevo Comité y de las carencias con que puede nacer el nuevo código ético. Se trata de la posibilidad de que el Comité no tenga la facultad de seguimiento en el cumplimiento del Código de Ético, lo que convertiría en papel mojado tanto el Comité como el Código.

Se pueden argüir muchas razones para defender que el Comité no debe tener la facultad de seguimiento en el cumplimiento del Código Ético, pero si lo que se pretende es rebestir a la Policía de Catalunya no de potestas que como no puede ser de otra manera en un estado de derecho vienen dadas por la ley, sino de una verdadera auctoritas y entonces se hace imprescindible un Comité con unas facultades suficientes para realizar un seguimiento efectivo del Código Ético. Una vez estamos en este punto es cuando llegamos a las polémicas señaladas anteriormente. Un cuerpo policial que muchos deseamos, sea en el futuro inmediato un cuerpo de policía estatal, no se puede permitir permanecer bajo la sospecha permanente de irregularidades en sus actuaciones ordinarias. Como en toda organización humana, siempre puede haber una parte de sus integrantes -por irrisoria que sea- susceptible de caer en la corrupción y desviarse de los principios rectores de la organización en cuestión. Sea como sea, no se puede tolerar que por causa de la actuación sesgada de unos cuantos miembros policiales el resto del cuerpo se vea desprestigiado. Y tal y como hemos visto, no basta con sanciones disciplinarias o judiciales para prestigiar a los cuerpos policiales y librarlos de la lacra que supone la sospecha permanente sobre todo el cuerpo.

Es por ello, que el Código Ético es una buena oportunidad, un buen instrumento para prestigiar a los cuerpos policiales de Cataluya -Mossos y policías locales- pero principalmente el cuerpo de Mossos por la incidencia que sus actuaciones tienen en todo del país. Precisamente es por este motivo, por lo que puede representar en favor de la policía, que no se entienden los recelos que genera en el seno de las organizaciones sindicales de policía la existencia del Código Ético. En todo caso, los responsables políticos tienen la obligación de lograr que las organizaciones sindicales de la policía coadyuven en el buen funcionamiento del Comité y en el cumplimiento del Código Ético. Sólo de esta manera su implementación podrá ser exitosa y evitaremos los errores del pasado.