En el año 2014, ¿deben subirse o bajarse los impuestos?

Por Neus Teixidor
Madrid

España es un Estado formado por diecisiete Comunidades Autónomas y dos ciudades autónomas, por lo tanto, posee multitud de administraciones públicas. Es evidente que la citada estructura administrativa se tiene que financiar, o dicho de otro modo, se tienen que obtener ingresos para satisfacer las necesidades públicas (gastos). En consecuencia, podemos afirmar que existe un poder de gasto (consistente básicamente en la aprobación y la ejecución de un presupuesto) y un poder de obtener ingresos (generalmente, mediante el establecimiento de los tributos previstos en el artículo 2.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria: impuestos, tasas y contribuciones especiales). En España existen cuatro niveles de poder financiero: la Unión Europea, el Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales. En muchas ocasiones, no existe una clara separación entre los diferentes niveles, hecho que provoca conflictos.

A nivel Estatal, desde el 20 de noviembre de 2011, se han materializado numerosos aumentos de impuestos estatales. Destaca el aumento del tipo general del Impuesto sobre el Valor Añadido hasta el 21% y del tipo reducido hasta el 10%. También ha habido cinco subidas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, un significativo aumento de las tasas universitarias, dos aumentos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, varias subidas de Impuestos Especiales, alteraciones en el Impuesto sobre el Patrimonio y modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades.

En relación con las Comunidades Autónomas, exceptuando los regímenes forales del País Vasco y Navarra, surge la necesidad de conciliar la complejidad de la autonomía financiera para desarrollar sus competencias, con los principios de cooperación estatal y de solidaridad entre los españoles (cómo se manifiesta en el artículo 156.1 de la Constitución Española). Por lo tanto, el poder financiero de las Comunidades Autónomas se ve limitado por la actuación estatal (artículo 133.1 de la Constitución Española), puesto que posee la competencia exclusiva sobre la Hacienda General (como regula el artículo 149.1.14 de la Constitución Española), las competencias de armonización (como prevé el artículo 157.3 de la Constitución Española) y la potestad de establecer las líneas básicas del sistema financiero local (recogida en el artículo 31.3 de la Constitución Española). No obstante, otro límite relevante es la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, que desarrolla las previsiones del artículo 135 de la Constitución Española. Esta ley habilita al Gobierno del Estado para fijar los objetivos de nivel de déficit máximo de la Comunidad Autónoma. Por lo tanto, supone un límite a la capacidad de endeudamiento de las Comunidades Autónomas, puesto que el Estado posee capacidades de control y sanción por incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y la potestad de interponer recursos de inconstitucionalidad contra las leyes de presupuestos de las Comunidades Autónomas que no respeten los límites impuestos.

Para explicar la financiación autonómica, tenemos que tener en cuenta que el poder financiero o de obtener ingresos se divide en tres partes diferentes: el poder normativo que permite el establecimiento y la regulación de los tributos, el poder de gestión encaminado a la aplicación efectiva de los tributos y el derecho a percibir la totalidad o parte de los rendimientos generados por el tributo. Por lo tanto, las Comunidades Autónomas pueden crear sus propios impuestos (recordamos que siempre lo tienen que hacer mediante una ley y tienen que respetar los principios de justicia tributaria, territorialidad, unidad de mercado y prohibición de doble imposición), pero también disponen de impuestos de titularidad estatal cedidos total o parcialmente (en la regulación, la gestión y/o la recaudación).

Fuente: 1.bp.blogspot.com

En el caso de las Comunidades Autónomas, destaca la intención de Extremadura de bajar los impuestos. Esta medida fue presentada por su presidente Antonio Monago el pasado mes de junio. En este caso, se anunció una bajada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para aquellas personas con ingresos inferiores a 24.000 euros anuales. Esta medida afectaría a 430.000 extremeños, lo que supone el 90% de los obligados tributarios de la citada Comunidad Autónoma. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un impuesto estatal parcialmente cedido (cada Comunidad Autónoma obtiene el 50% de la recaudación). Además, también incluiría otras medidas, como la reducción del Impuesto de Sucesiones y Donaciones y modificaciones de los tipos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, todos ellos son impuestos estatales totalmente cedidos a las Comunidades Autónomas. En relación a estas medidas, el Gobierno Español ha declarado que son medidas perfectamente lícitas siempre que la citada Comunidad Autónoma cumpla las medidas de déficit público. El Gobierno Extremeño prevé aplicar estas bajadas de impuestos durante el último trimestre del año 2013.

Por otro lado, la situación de Cataluña es completamente opuesta, puesto que el Gobierno de esta Comunidad Autónoma prevé la necesidad de recuperar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones e instaurar nuevos impuestos medioambientales con el fin de ingresar unos 1.700 millones de euros adicionales y cumplir los objetivos de déficit. En este caso, no se plantea un aumento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, puesto que este es el más alto del Estado.

Fuente: saladeinversion.es

Finalmente, a nivel local, destacan las declaraciones de la Alcaldesa de Madrid Ana Botella, en las que hizo pública la intención del consistorio de bajar los impuestos. Esta es una medida sorpresiva, teniendo en cuenta que el citado Ayuntamiento acaba de solicitar un nuevo rescate de 350 millones de euros para hacer frente a los impagos. Además, se calcula que a 31 de diciembre de 2013, la deuda del Ayuntamiento de Madrid será de unos 7.074 millones de euros, lo que supone 355 millones menos que hace un año. A pesar de estos datos, el Ayuntamiento se plantea bajar un 12% la tasa de recogida de basura, eso sí, con una disminución del servicio prestado. Por otro lado, ha prometido una bajada del 10% del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (a partir de 2015) y una bajada del 5% del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (a partir de 2016).