Ocho candidaturas optan a la Presidencia del CGAE

Redacción.

4 de enero de 2020.

La Comisión Permanente del Consejo General de la Abogacía Española (“CGAE“), reunida el pasado viernes 3 de enero en Madrid, ha proclamado oficialmente a los ocho candidatos y candidatas que el próximo 17 de enero optarán a la presidencia del CGAE.

Optarán a la elección Manuela Andreu Llorens, colegiada en el Colegio de Abogados de Valencia; Jaime Benito Hernández, colegiado en el Colegio de Abogados de Madrid; Juan Blanco Muñoz, colegiado en el Colegio de Abogados de Huesca; Javier García Pascual, anterior decano del Colegio de la Abogacía Alavesa; Vanessa González Fornas, colegiada en el Colegio de la Abogacía de Barcelona; Manolo Hernández Martín, actual decano del Colegio de la Abogacía de Sabadell; Victoria Ortega Benito, actual presidenta del Consejo General de la Abogacía Española; y David Peña Nofuentes, colegiado en el Colegio de la Abogacía de Reus.

CGAE

Elecciones anticipadas

La actual presidente en funciones, Victoria Ortega, anunció el pasado 12 de diciembre, de manera repentina, la convocatoria de elecciones anticipadas a la Presidencia del CGAE. El motivo resulta claro, a ojos de la abogacía; anticiparse y eliminar a cualquier posible candidatura que pudiese hacerle sombra con suficientes garantías para impedirle su reelección. 

Votación y escrutinio

El Consejo General de la Abogacía Española celebrará elecciones el próximo día 17 de enero de 2020 en el Salón de Plenos de la sede institucional (Paseo de Recoletos 13 Madrid).

Conforme determina el artículo 72.2 del vigente texto estatutario, en la elección de presidente votarán solo los/as decanos/as, previo llamamiento por orden alfabético, siendo el voto secreto e indelegable conforme determinan los artículos 3 y 6.3 del Reglamento de Régimen Interior. Al término de la votación se procederá al recuento de los votos. Resultará elegido quien obtenga el mayor número de votos. En caso de empate será elegido el candidato de mayor antigüedad colegial.

Ante el presente sistema de votación, resulta inevitable cuestionarse el mismo; resulta contradictorio que no sea necesario ostentar el cargo de decano, no obstante, únicamente pueden ser electores los 83 decanos de España. ¿El Presidente del CGAE representa a los 83 decanos de los colegios de abogados de España o debería representar a toda la abogacía española? Asimismo, ¿por qué un decano de un colegio con menos de 300 colegiados ha de tener la misma fuerza de voto que un colegio de abogados como el de Madrid o Barcelona?

Queda ahora en manos de los ocho candidatos a la Presidencia del CGAE evitar la desafección de los 154.583 abogados ejercientes respecto a la institución.