CEAJ reivindica mejoras laborales para la abogacía; entre ellas, un convenio colectivo estatal

Redacción
Barcelona

En el Día Internacional de los Trabajadores, desde la Confederación Española de Abogados Jóvenes (CEAJ) han reivindicado que en el sector de la Abogacía “queda mucho por hacer para mejorar las condiciones en que prestamos nuestros servicios, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia”. En este sentido, desde CEAJ lanzan un manifiesto para reivindicar ciertas mejores imprescindibles para nuestra abogacía.

1.- Que se reconozcan para nuestro sector unos derechos y condiciones de trabajo que mejoren las previsiones del Real Decreto 1331/2006, de 17 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los abogados que prestan servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección del titular de un despacho de abogados.

Desde CEAJ indican que “las condiciones de trabajo que se recogen en esta norma tienen carácter de mínimo, pendientes de desarrollo por convenios colectivos específicos, que, sin perjuicio de poder ser superadas por acuerdo entre las partes contratantes, en todo caso, deberán respetar las disposiciones previstas en dicho Real Decreto así como las del Estatuto de los Trabajadores, no siendo posible negociar un convenio colectivo contra legem”. 

A todo ello, des del máximo órgano de representación de la abogacía joven española, manifiestan que a día de hoy “no existe por ejemplo una ordenación de las percepciones salariales y extrasalariales, ni de beneficios sociales, ni una normativa marco del régimen de descansos, de los derechos sindicales y de representación de los trabajadores ni un sistema de clasificación profesional, etc…”

Sobre este punto desde CEAJ destacan “que la relación laboral de carácter especial está discriminada y perjudicada respecto a la relación laboral común, al menos en lo que a bonificaciones e incentivos fiscales se refiere, desincentivándose la contratación en dicho sector de la abogacía, lo que entendemos vulnera el art. 14 de la Constitución, no pudiéndose amparar dichas exclusiones en el carácter especial de la relación laboral y, en cambio, siendo contrarias a la propia finalidad de dichas bonificaciones e incentivos fiscales, que pretenden promover e incentivar la contratación laboral”.

Una de las claves de vuelta para conseguir una mejora substancial en los derechos laborales de los abogados, entre ellos los jóvenes, es conseguir un convenio colectivo a nivel estatal para la abogacía. Sobre este punto, desde CEAJ nos informan que “están trabajando en la elaboración de una propuesta de dicho convenio colectivo que atienda a la situación real y necesidades de la abogacía, a fin de dar traslado de ella a quienes corresponda negociar dicho convenio”.

El problema, sin embargo, señalan desde CEAJ “es que a día de hoy no existen organizaciones empresariales y asociaciones o sindicatos de abogados, que estarían legitimadas para llevar a cabo dicha negociación colectiva, así como a que promuevan y colaboren en cualesquiera otras actuaciones tendentes a dicha negociación y al reconocimiento de unos derechos laborales y profesionales para el abogado2.

2.- Asimismo, desde CEAJ denuncian “la situación que sufren muchos de nuestros compañeros y compañeras en materia laboral, al encontrarse en situación irregular en el desarrollo de la denominada “pasantía”, práctica carente de regulación, o trabajar bajo una modalidad de colaboración o de “falso autónomo”, a pesar de concurrir las notas características de la relación laboral por cuenta ajena, ello ante la inactividad de las autoridades inspectoras, que no intervienen ante situaciones irregulares como las que de hecho existen”.

3.- También, desde CEAJ, instan a “que se eliminen o reduzcan las cargas que existen en el ejercicio de nuestra profesión, que se promuevan iniciativas y/o modificaciones legislativas que supongan la implantación de ayudas económicas o faciliten el acceso a las mismas para los abogados jóvenes, especialmente en el inicio de nuestra actividad profesional, y que se aprueben las reformas necesarias para garantizar los derechos de quienes ejercemos como autónomos como la mejora del sistema de prestación por el cese de actividad o la suspensión del pago de las cotizaciones en situaciones de precariedad económica, o la mejora en la regulación de las prestaciones por accidente laboral o soluciones ante ciertas contingencias que nos impiden ejercer nuestra actividad”.

4.- Finalmente, desde CEAJ manifiestan que otra asignatura pendiente de abordar en nuestra sociedad jurídica es “la conciliación personal, familiar y profesional de la Abogacía”.

“Las situaciones susceptibles de ser objeto de conciliación deben ir más allá de la maternidad/paternidad y el cuidado de menores, incluyéndose otras posibles circunstancias merecedoras también de este tipo de atención, como el cuidado de otras personas dependientes o situaciones de necesidad familiar”, señalan desde CEAJ. “Asimismo, las medidas a adoptar no deben limitarse al ámbito económico de suspensión de pago de cuotas o ayudas (por descendiente, para material escolar, para cuidador…), pudiendo adoptarse medidas cuyo coste será mínimo o nulo (como la emisión en streaming de cursos, suscripción de convenios con guarderías, ludotecas, centros de día, residencias para mayores, etc, constitución de bolsas de sustitutos, adopción de protocolos en materia de suspensión de vistas, etc)”, finalizan.