El ICAB insta a que la doble conducción sea efectiva en todos los partidos judiciales, y no sólo en Barcelona

Colegio de Abogados de Barcelona
Barcelona
 
 

El Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) celebra el establecimiento de un segundo traslado entre las comisarías de policía y los juzgados de Barcelona, pero a la vez insta a que la segunda conducción sea efectiva en todos los partidos judiciales, incluyendo los días festivos, y no sólo en Barcelona.

Esta petición se ha hecho efectiva durante la mesa redonda sobre “El funcionamiento de las nuevas normas de reparto y segunda conducción en los Juzgados de Barcelona”, que se ha celebrado esta tarde en el ICAB. En este acto han participado el decano de los abogados de Barcelona, Oriol Rusca, las diputadas de la Junta de Gobierno responsables de la Comisión de Relaciones con la Administración y la Justicia, Julia Herrero y Eva Pous Raventós, la juez decana de Barcelona, Mercè Caso, el fiscal decano de los Juzgados de Instrucción de Barcelona, José Luis García García, el magistrado Juez titular del Juzgado de Instrucción n º 11 de Barcelona, Francisco Gonzalez Maillo, y el inspector del Área Regional de Instrucción de Atestados y de Custodia de Detenidos del Cuerpo Policial de los Mossos d’Esquadra, Eduard Muñoz.

La segunda conducción es una reivindicación histórica del ICAB. Gracias a esta medida se dispone de los medios efectivos para que el tiempo de la detención sea el estrictamente necesario para realizar las investigaciones que permitan aclarar los hechos, por lo que esta medida permite una mejora en el funcionamiento de la Administración de Justicia.

Sin embargo, el decano del ICAB, Oriol Rusca, alerta de que “fuera de Barcelona la falta de conducción en días festivos conlleva que, en aquellas diligencias policiales que han sido cerradas una vez se ha realizado la conducción del día anterior al festivo, el detenido permanezca más tiempo en la comisaría de forma innecesaria”. Rusca cita un ejemplo: “resulta especialmente grave que en asuntos como son delitos de altas penas no privativas de libertad, que ni en el hipotético caso de terminar con una sentencia condenatoria conllevarían una privación de libertad, estén sufriendo esta limitación de la situación personal durante más tiempo del necesario en la fase inicial de la detención”. Desde el ICAB también se reivindica que la segunda conducción sea efectiva en todos los partidos judiciales, y no sólo en Barcelona.

Normas de reparto

Las nomas de reparto acordadas por la Sala de Gobierno del TSJC, el pasado 6 de mayo, se están aplicando desde el día 2 de julio. El cambio del criterio de distribución y asignación de las personas detenidas en los Juzgados de Guardia en Barcelona comporta que los atestados con detenidos van a reparto al Juzgado de Detenidos 1 y, posteriormente, se distribuyen entre los 3 Juzgados con funciones de guardia, como son el Juzgado 1, 2, y 3.

Ambas medidas suponen hacer efectivo el cumplimiento de que la privación de libertad del detenido se ajuste, en la medida posible, a los términos exigidos por la ley y por la jurisprudencia de nuestros tribunales y del Tribunal Constitucional.