El Informe de expertos sobre la Reforma Fiscal (I)

Por Neus Teixidor
Madrid

 

El pasado viernes 14 de marzo se presentó el Informe de la Comisión de Expertos para la Reforma del Sistema Tributario Español. Como la mayoría de los informes de estas características, se plantea objetivos como crear más puestos de trabajo o mantener la competitividad del Sistema Tributario. De todas formas, debemos tener en cuenta que el informe recoge las recomendaciones elaboradas por un grupo de expertos, pero eso no significa que finalmente la reforma siga la totalidad de estas propuestas, ya que en ningún caso se consideran vinculantes.
Inicialmente, el informe lleva a cabo un resumen del marco general de la reforma del Sistema Tributario. A continuación, se elaboran las diversas propuestas de modificación: el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto de Sociedades, la imposición patrimonial (apartado que engloba el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y el Impuesto sobre transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados), el Impuesto sobre el Valor Añadido y los impuestos especiales y medioambientales. Finalmente, se ocupa de una posible reforma de las cotizaciones a la Seguridad Social y, entre otros, propone algunas medidas contra el fraude fiscal.

 

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

En relación a este impuesto, la reforma pretende reducir los gastos fiscales, las exenciones (se prevé la desaparición de las exenciones de las indemnizaciones por despido, los préstamos hipotecarios para la adquisición de una vivienda habitual propia y los 1.500 € exentos por la obtención de dividendos y participaciones en beneficios) y los casos de no sujeción.

En cuanto a los rendimientos del trabajo, se propone, entre otras, la sujeción de las aportaciones a seguros de enfermedad realizadas por la empresa (tanto por los trabajadores como por sus familiares), así como las entregas de acciones por la empresa a sus trabajadores. Además, la reducción por la obtención de rentas irregulares pasaría del 40% al 30%. Sin embargo, se pretende fijar una reducción única para todos los trabajadores (hay que recordar que actualmente, la reducción para obtener el rendimiento neto del trabajo depende de la cuantía de los rendimientos del trabajo obtenidos). No obstante, parece que se podría incluir una reducción del 100 % para aquellas personas en paro que acepten un puesto de trabajo en un municipio distinto al de su residencia.

Por otra parte se recuperaría, transitoriamente, la imputación de rentas por la vivienda habitual, aunque se prevé el establecimiento de límites en función del valor catastral (actualizado con los coeficientes del IBI) y la base imponible de los contribuyentes. Además, los rendimientos del capital inmobiliario, dejan de ser gasto fiscalmente deducible los intereses de los préstamos de adquisición o mejora del bien. Ambos rendimientos, las imputaciones de rentas y los rendimientos del capital inmobiliario, pasarían a formar parte de la base imponible del ahorro.

Probablemente, la modificación de los rendimientos de actividades económicas ha sido la que ha levantado más especulaciones, sobre todo en relación a la supresión o no del método de estimación objetiva. En este caso, el Comité de Expertos opta por suprimir la reducción general aplicable al régimen de estimación directa. Además, propone limitar de forma similar al régimen vigente de rendimientos del trabajo, las rentas irregulares. Finalmente, pretende eliminar la reducción por creación o mantenimiento de puestos de trabajo y la posibilidad de amortizar libremente determinados activos.

Por otra parte, se prevé la supresión de algunos de los regímenes transitivos que afectan las ganancias y pérdidas patrimoniales y eliminar las diferencias entre transmisiones a largo (más de un año) y corto plazo (menos de un año). También se prevé eliminar los coeficientes de actualización aplicables a las transmisiones de bienes inmuebles y que tienen como finalidad actualizar los valores de adquisición. No obstante, se introduciría la posibilidad de compensar las pérdidas patrimoniales con los rendimientos del capital que formen parte de la base imponible del ahorro.

El régimen de las aportaciones a planes de pensiones también se vería modificado.

Se propone revisar y aumentar los mínimos personal y familiar. Sin embargo, se busca asimilar los tipos impositivos a los del resto de los Estados Miembros de la Unión Europea. Se prevén cuatro tramos para la base general (oscilarían entre el 24’75 % y el 50 %) y un único tipo para la base del ahorro.

Finalmente, se pretende eliminar definitivamente las deducciones por inversión en vivienda habitual y por nacimiento o adopción de hijos. También se propone modificar el tratamiento de las aportaciones a partidos políticos.

 

Impuesto sobre Sociedades

Fuente: eluniversalqueretaro.mx
Fuente: eluniversalqueretaro.mx

En relación a este impuesto se prevé limitar la deducción de los gastos financieros en un millón de euros. Se pretende modificar y simplificar los sistemas de amortización, limitando los coeficientes máximos actuales al 70 %. Al mismo tiempo, se podría crear un tipo reducido (como máximo del 2,5 %) para el fondo de comercio y el intangible de vida útil indefinida. También se busca suprimir la posibilidad de deducir fiscalmente los deterioros contables reversibles y las pérdidas por deterioro de valores representativo de deuda. Como en el impuesto sobre la renta de las personas físicas, se pretende eliminar los coeficientes de actualización en la transmisión de bienes inmuebles.
Se propone reducir progresivamente los tipos nominal general hasta el 20% y aumentar el tipo de las entidades sin fines lucrativos hasta el 20% (actualmente se encuentra al 10 %).
Una de las modificaciones más relevantes será la supresión de la totalidad de las deducciones, excepto la de creación de puestos de trabajo para discapacitados. También se ha propuesto eliminar el régimen especial de empresas de reducida dimensión y las especialidades relativas a los contratos de arrendamiento financiero.

 

Impuesto sobre el Patrimonio
En este caso, se prevé la supresión formal y definitiva del impuesto y la adopción de medidas para evitar que las Comunidades Autónomas puedan crear un impuesto sustitutivo.

 

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Una de las novedades es la adopción de una tributación mínima, que provocará la desaparición de la bonificación del 99% vigente en algunas comunidades autónomas, como la Comunidad de Madrid. Asimismo, se considera conveniente crear una única cuantía exenta para todo el Estado.
Los tipos impositivos dejarán de tener en cuenta el patrimonio preexistente y sólo tomarán en consideración el grado de parentesco. Además, se quiere eliminar las reducciones por parentesco, percepción de seguros de vida, adquisición de vivienda habitual y adquisiciones de bienes del patrimonio histórico. En el caso de las donaciones, sólo se mantendría la reducción por discapacidad.

 

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
En este caso, se propone la desaparición paulatina del citado impuesto. Se pretende la desaparición total del Impuesto de Operaciones Societarias y, cuando la situación económica mejore, la cuota gradual del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados. Finalmente, se busca eliminar gradualmente el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO), empezando por dejar fuera del citado impuesto la constitución de préstamos, fianzas, arrendamientos, pensiones y derechos reales de garantía, pero manteniendo el impuesto sobre las concesiones administrativas.
Por otra parte, se aconseja adoptar mecanismos para evitar la doble imposición del TPO con el IVA , mediante mecanismos de intercambio de información y la creación de una Junta Arbitral.